Solicitud de control sobre el chorreo con arena de los barcos al aire libre en el astillero Ría de Avilés.

Emisiones del Astillero en la Ria de Avilés.
Emisiones del Astillero en la Ria de Avilés.

Viceconsejería de Medio Ambiente

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés, correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho,

EXPONE:

Nos informan los vecinos de San Juan de Avilés que están hartos de sufrir el efecto de los chorreos con arena de los barcos al aire libre en el astillero Ría de Avilés, por las nubes de polvo que generan y por el gran impacto que tiene el material particulado que llega a sus viviendas y que temen les afecte a su salud.

Es cierto que la empresa tiene una autorización de actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera, pero eso no le permite contaminar a sus colindantes que viven a menos de 5 metros de la actividad contaminadora. Esta actividad se debe realizar con unos paramentos laterales, de una altura suficiente para evitar la dispersión de la arena usada y de los restos de pintura que arrastra el proceso.

Hay que recordar que esta empresa se encuentra rodeada de viviendas que colindan con sus instalaciones y que los vecinos ya se han quejado en varias ocasiones de esta contaminación y han denunciado estos hechos sin que el Principado ni el Ayuntamiento de Gozón hayan adoptado medida alguna para reducir el impacto de la actividad en ellos.

SOLICITAMOS, de acuerdo a  lo establecido en los art. 3.1 y concordantes de la Ley 27/2006, de 18 de julio por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE) y  demás disposiciones de pertinente aplicación, entre otras,  la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas por la que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos, que se nos informe sobre:

-El control que existe sobre las emisiones del proceso de chorreo de arena del astillero.

-El control que existe sobre los residuos generados en el proceso de chorreo, que arrastra la pintura contaminante en forma de micro partículas.

-Cuáles son las medidas preventivas que se han propuesto para reducir el impacto de la actividad.

Por la presente también SOLICITAMOS que se nos tenga en cuenta como parte interesada en el asunto y por tanto ser informados de las gestiones que al respecto sean llevadas a cabo y de las conclusiones que de ahí se deriven.

En Avilés, a  15 de febrero de 2023

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha, en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies.