Solicitud acerca del incendio de la central térmica de Aboño

Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente

Directora General de Sostenibilidad y Cambio Climático

C/ Coronel Aranda nº 2

33005 Oviedo

 

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 –Q de Villalegre en Avilés y con el correo electrónico; correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 34 sección segunda con Cif – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, EXPONE:

 

Primero.-. El domingo 14 de abril se produjo un incendio en la térmica de Aboño de EdP tal como se pudo apreciar por las nubes que se producían, sin que se advirtiera de los riesgos que podrían suponer a los vecinos que viven en sus alrededores.

Segundo.- Esta instalación acumula numerosas incidencias, de fugas, escapes y ahora incendios con los correspondientes impactos asociados a su entorno y a sus vecinos, que viven preocupados por la elevada siniestralidad de la instalación.

Tercer.- Es evidente que muchos de estos incidentes y accidentes se producen por un incumplimiento constante de las condiciones de funcionamiento de la empresa en la autorización ambiental

 

SOLICITO la siguiente información:

 

1.-. Que valores marcaron las estaciones de control de la contaminación de las empresas más próximas este domingo 14 entre las 12 y las 15 horas.

 

2.- Que se nos informe si la empresa informo en tiempo y forma del accidente a las autoridades ambientales.

 

3.- Que se nos informe si se ha comprobado con motivo del incendio incumplimiento de las condiciones otorgadas en la autorización ambiental integrada de la térmica.

 

4.- Si el Principado procedió a iniciar el Plan de Emergencias en la Zona una visto las nubes que se producían.

 

Y se tenga por presentada la presente solicitud de información ambiental y se conteste a la misma en el término legalmente establecido de un mes, según lo dispuesto en el artículo 10.2 c) de la Ley 27/2006 referida, para cuyo silencio establece el efecto positivo el Decreto 67/2002, de 16 de mayo, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración del Principado de Asturias, teniéndome por interesado en el que se inicia a medio de la presente solicitud.

 

En Avilés, Asturies, a 16 de abril de 2013

 

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies