Plantación de eucaliptos aparentemente ilegal en La Pica (concejo de Siero)

DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA FORESTAL
C/ CORONEL ARANDA S/N
33005       Oviedo.

 

 

 

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones  postales en la calle Padre Teral nº 26 –Q de Villalegre en Avilés 33403, Asturias, España y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 34 sección segunda con Cif – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N en calidad de presidente, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, EXPONE:

Hemos localizado una plantación de eucaliptos que consideramos que puede ser ilegal  en las proximidades de la localidad de la Pica, camino de Celles a Serrapicón, concejo de Siero,  en una parcela que antes era pastizal con las coordenadas del Sigpac  36.66.0.0.46.280, ocalitos que sorprendentemente se han arrancado con posterioridad una vez constatado que eran ilegales.

Por todo ello,

SOLICITO que se tenga por interpuesta la presente DENUNCIA y, si fuera una plantación sin la preceptiva autorización, se incoe el correspondiente expediente sancionador tras la averiguación de los hechos denunciados a los diferentes  autores de la plantación,  dando vista del expediente informativo a la denunciante y comunicando la incoación del referido expediente sancionador así como el eventual archivo de las actuaciones, y en virtud del contenido fáctico de la misma.

OTROSÍ DIGO: Que sobre la base de lo dispuesto en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regula los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, y con motivo de la denuncia interpuesta, SOLICITO la siguiente información ambiental:

– Se inspeccionen en profundidad estos hechos y se abra/n el/los correspondiente/s expedientes sancionadores a quien corresponda por estas plantaciones que carecieron del permiso preceptivo que se comprueben que están todos arrancados.

– En caso de constatarse por su organismo que el propietario es reincidente en hechos similares, se le sancione.

– Se nos considere como parte interesada en los expedientes que pudiera haber relacionados con  estos hechos.

– Se nos informe del desarrollo de esta denuncia en las correspondientes fases del procedimiento sancionador o penal que se pueda instruir desde ese organismo.

Y por lo expuesto,

SOLICITO que se conteste a la información requerida en el término legalmente establecido de un mes, según lo dispuesto en el artículo 10.2 c) de la Ley 27/2006 referida, para cuyo silencio establece el efecto positivo el Decreto 67/2002, de 16 de mayo, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración del Principado de Asturias, teniéndome por interesado en el que se inicia a medio de la presente solicitud.

Por la presente también queremos que se nos tenga en cuenta como parte interesada en el asunto, y por tanto ser informados de las gestiones que al respecto sean llevadas a cabo y las conclusiones y resolución del expediente sancionador que se pueda abrir al efecto.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

En Avilés a 8 de enero de 2015

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha  de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies