Ayuntamiento de Siero
Plaza del Ayuntamiento s/n
33510 Pola Siero
La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, legalizada el 22 de Marzo de 1990 en la Delegación de Gobierno de Asturias con el C.I.F. G-33247891, domicilio a efecto de notificaciones en la calle Padre Teral nº 26-Q 33407 de Villalegre, municipio de Avilés, en Asturias y en su representación Fructuoso Pontigo Concha con el D.N.I. 11.393.200 N, ante este Ayuntamiento comparezco y como mejor proceda en Derecho, DIGO:
Que con fecha del pasado día 25 de agosto se ha podido comprobar la realización de obras en el monte Cabriles en el concejo de Siero, monte que es publico y esta alquilado a una sociedad.
Obras que consisten en la tala de árboles, ampliación de pistas forestales, apertura de nueva pista con maquinaria pesada, sin autorización.
Que de las consultas efectuadas ante el ayuntamiento, se puede presumir que las mismas no están amparadas por la preceptiva licencia urbanística y carecen de autorización ambiental.
Es por lo expuesto, que en ejercicio de la ACCION PUBLICA, desde esta Asociación se solicita:
Que a la mayor brevedad posible se gire visita por la Inspección Urbanística Municipal, de conformidad con lo establecido en el art. 256.2 del ROTU y que si se constatase que las obras carecen de licencia urbanística, se levante la correspondiente Acta de Inspección, que identifique a los responsables de las mismas (art. 249).
Ayuntamiento de Siero
Plaza del Ayuntamiento s/n
33510 Pola Siero
La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, legalizada el 22 de Marzo de 1990 en la Delegación de Gobierno de Asturias con el C.I.F. G-33247891, domicilio a efecto de notificaciones en la calle Padre Teral nº 26-Q 33407 de Villalegre, municipio de Avilés, en Asturias y en su representación Fructuoso Pontigo Concha con el D.N.I. 11.393.200 N, ante este Ayuntamiento comparezco y como mejor proceda en Derecho, DIGO:
Que con fecha del pasado día 25 de agosto se ha podido comprobar la realización de obras en el monte Cabriles en el concejo de Siero, monte que es publico y esta alquilado a una sociedad.
Obras que consisten en la tala de árboles, ampliación de pistas forestales, apertura de nueva pista con maquinaria pesada, sin autorización.
Que de las consultas efectuadas ante el ayuntamiento, se puede presumir que las mismas no están amparadas por la preceptiva licencia urbanística y carecen de autorización ambiental.
Es por lo expuesto, que en ejercicio de la ACCION PUBLICA, desde esta Asociación se solicita:
Que a la mayor brevedad posible se gire visita por la Inspección Urbanística Municipal, de conformidad con lo establecido en el art. 256.2 del ROTU y que si se constatase que las obras carecen de licencia urbanística, se levante la correspondiente Acta de Inspección, que identifique a los responsables de las mismas (art. 249).
Que por la Alcaldía Presidencia, se dicte orden de paralización de las obras (art. 236), a la vez que se ordena la apertura de expediente sancionador por presunta infracción urbanística, con imposición, de las sanciones previstas en el art. 250 del ROTU.
SOLICITAMOS que se conteste a la petición requerida en el término legalmente establecido de un mes, según lo dispuesto en el artículo 10.2 c) de la Ley 27/2006 referida, para cuyo silencio establece el efecto positivo el Decreto 67/2002, de 16 de mayo, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración del Principado de Asturias, teniéndome por interesado en el que se inicia a medio de la presente solicitud.
En Avilés a 11 de septiembre de 2014
Fdo. Fructuoso Pontigo Concha en nombre de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies.