Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico
Servicio de Autorizaciones Ambientales.
Expediente A-IA-0113/23 // AUTO/2023/10950
La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho,
EXPONE:
Está a consulta para procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental el proyecto del parque de carbones y otros minerales de ENERGYFUEL ASTURIAS SL que se nos consultó.
Proyecto
Las actuaciones consisten en la adecuación de una de las superficies para almacenamiento, clasificación y venta de carbones, antracitas, coke de petróleo, cok metalúrgico en la zona de Aboño Sur (13.800 m2). Se pretende acometer el
montaje de dos instalaciones productivas procedentes de las actuales instalaciones de Energy en Avilés: una recribadora y una clasificadora, para antracita, carbón ruso, coke fluido, coke de petróleo green.
Contexto
No compartimos ni podemos entender que en la actual situación de emergencia climática en la que nos encontramos se continúe apostando por el consumo de energías fósiles, especialmente el carbón, máximo responsable de las emisiones de CO2 a la atmósfera.
Tampoco entendemos que, en el actual contexto nacional e internacional de progresiva desaparición del carbón, sigamos rivalizando para que nuestros puertos acojan este tipo de actividades de futuro más que dudoso y que producen un fuerte impacto ambiental en su entorno.
Calidad del aire
Dada la naturaleza de la actuación, que requiere la manipulación de un granel pulverulento con su consiguiente dispersión a causa del viento y de la propia manipulación, nos preocupa dicha dispersión de partículas y su posterior inmisión en el entorno cercano. El impacto de la actividad es notable y no parece que las medidas previstas vayan a suponer una gran mejoría del impacto de la ampliación.
Al menos se precisarían estas otras medidas:
– Para paliar la dispersión en el almacenamiento no hay más solución que su cobertura completa en una nave con cubierta y paramentos laterales suficientes que impidan el efecto de dispersión por el viento. Ahora están previstos separadores de hormigón de 4 metros, pero nos hablan de que las parvas tendrán 5 metros. Es evidente que se precisa una mayor altura de los paramentos laterales, al menos 1 metro más que las parvas previstas.
– Es preciso que las zonas de carga y descarga cuenten también con paramentos laterales de suficiente altura, nunca inferior a los 6 metros, para paliar el efecto del viento.
– Es preciso que todas las cintas sean cerradas y capotadas para evitar la dispersión del polvo.
– Los procesos de cribado y clasificación se tienen que realizar en un recinto cerrado y cubierto, que impida la dispersión del polvo.
– Los aspersores tienen que tener una programación automática en función de las condiciones de humedad y viento, de forma que operen incluso fuera del horario laboral de la instalación para evitar la dispersión de las partículas.
Calidad acústica
Vemos necesaria la instalación, en las estaciones de control de contaminación, de un sonómetro que mida en continuo las emisiones de la zona, para adoptar las medidas correctoras que reduzcan los elevados niveles que se alcanzan en la zona y de los que llevan décadas quejándose los vecinos de Carreño y Gijón.
Calidad del agua
Las aguas de escorrentía y del riego de la zona van cargadas de carbón, por lo que es preciso que se dote a la zona de cunetas perimetrales que converjan en dos balsas de decantación diferentes (no una, como está proyectado), que permitan la recogida de estos lodos y su limpieza en cada balsa de forma independiente, evitando los vertidos a la ría de Aboño.
Las cunetas estarán dispuestas junto al cierre perimetral de la parcela y se evacuarán en dos balsas de decantación situadas, respectivamente, al norte y sur de la parcela, en las zonas de menor cota. En la zona norte de la parcela se proyectan las cunetas en función de las pendientes existentes. Con carácter previo a su entrada en las balsas, las aguas de escorrentía serán retenidas en sendas rampas de capacidad y dimensiones suficientes para que se pueda acceder a ellas con maquinaria adecuada para el vaciado de fangos. De esta
forma se consigue que la cantidad de fangos que entra a las balsas sea menor. Una vez que el agua haya sido decantada y tratada en las balsas y obtenga las condiciones de calidad necesaria, se reciclará para riego. Se proyectan dos conexiones, al norte y sur de la parcela.
El agua del lava ruedas de la báscula se tiene que tratar de la misma forma que las aguas de los aspersores y escorrentía.
Impactos acumulativos
Resulta necesario estudiar la posible acumulación de impactos o los efectos sinérgicos producidos en la calidad del aire como consecuencia de la existencia de esta planta y de las otras de gráneles del complejo del Musel, del parque de minerales, de la térmica y de la cementera, en un entorno donde viven miles de personas a menos de 2.000 metros.
Vigilancia ambiental
Es preciso un detallado plan de vigilancia ambiental, así como posibles medidas protectoras y/o correctoras suficientemente detalladas, explicando la metodología que permitiría su ejecución durante su funcionamiento.
Aceptación social del proyecto
Aunque recurrentemente obviado, es preceptivo realizar el trámite de aceptación social del proyecto, que resulta imprescindible de acuerdo con lo establecido en el Convenio sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente, hecho en Aarhus (Dinamarca) el 25 de junio de 1998, y ratificado por España el 15 de diciembre de 2004.
Para ello deberán realizarse encuestas y sondeos representativos en todos los colectivos afectados incluidos los vecinos cercanos y usuarios de la zona de instalación de la obra. Debe buscarse el diseño de un procedimiento que facilite las consultas a los afectados sobre los posibles problemas generados por la instalación proyectada.
Por todo ello SOLICITAMOS que tenga por presentado este escrito y por formuladas las alegaciones que contiene , que se presentan en tiempo y forma, que sean estimadas las mismas y que se modifique en el sentido argumentado el proyecto sometido a consulta, adecuándose a la obligada motivación prevista en la regulación procedimental que es específica y, teniéndome por parte interesada, nos den traslado de la resolución que recaiga en el presente procedimiento administrativo.
OTROSÍ DICE: Que es preciso una respuesta razonada a estas alegaciones de acuerdo a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. La falta de respuesta es motivo de nulidad de la tramitación.
En Avilés a de 27 octubre del 2023
Fdo. Fructuoso Pontigo en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies