Para REGISTRAR solicitud plantaciones ocalitos en Valdes

Consejería de Medio Natural y Cohesión Territorial

Consejería de Medio Rural y Política Agraria

Dirección General de Gestión Forestal

Servicio de Montes

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho,

EXPONE:

Tenemos conocimiento ha procedido a la eliminación total del bosque autoctono para implantar un monocultivo industrial de eucalipto sin que sepamos si este cambio de especies esta autorizado, en las siguientes parcelas del concejo de Valdes por parte del mismo grupo de empresas.

-Polígono 190, Parcela 191, esta finca rústica consta formalmente registrada en el Catastro con el uso principal de FC-Castañar y E-Pastos.

-Polígono 182, Parcelas 43, 48, 49, 55 y 56, bloque continuo de parcelas rústicas , con el fin de evitar el rebrote natural del castañar, se ha procedido a tratar estos rebrotes, desconociendo los productos usados.

En la linde de la parcela 43 y 49, se denuncia el sabotaje mediante profundos cortes de motosierra en la base de ejemplares monumentales de hayas centenarias en el talud del camino vecinal de acceso. Varios ejemplares han sido ya completamente derribados hacia el barranco, provocando el socavamiento y destrozo físico del talud de la pista pública.

-Polígono 189, Parcelas 572, 573, 574, 575 y 576 , en este bloque masivo de fincas colindantes, a pesar de figurar históricamente en el Catastro como MB-Monte bajo y MT-Matorral, la realidad física forestal era una masa densa de castaños autóctonos. Se ha procedido a la tala total de este bosque autoctono para plantar eucaliptos.

Según datos oficiales del SIGPAC, todo este bloque presenta una pendiente extrema que supera el 51,80 %. Las operaciones mecánicas en esta inclinación vulneran la normativa de protección de suelos de Asturias al eliminar la sujeción radicular natural del terreno, generando un riesgo inminente de corrimientos de tierra e inestabilidad en la ladera.

SOLICITAMOS, de acuerdo a  lo establecido en los art. 3.1 y concordantes de la Ley 27/2006, de 18 de julio por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE) y  demás disposiciones de pertinente aplicación, entre otras,  la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas por la que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos:

  1. Se nos informe sobre si estas plantaciónes tiene la correspondiente autorización y porque se autorizo.

  2. Se nos informe sobre qué medidas se van a tomar para subsanar esta situación si fuera ilegal y si se va a proceder a retirar los eucaliptos de la citada parcela.

  3. Se nos informe sobre el desarrollo de los expedientes sancionadores que se originen a raíz de las plantaciones, si fueran ilegales.

4. Se nos informe si se va exigir la ejecución forzosa subsidiaria si fuera ilegal la plantación.

Por la presente también SOLICITAMOS que se nos tenga en cuenta como parte interesada en el asunto y por tanto ser informados de las gestiones que al respecto sean llevadas a cabo y de las conclusiones que de ahí se deriven.

En Avilés a 25 de septiembre del 2026

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies