Para REGISTRAR nave ria Villaviciosa


Fiscalía de Medio Ambiente.

Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias

Diligencias 34/2025

C/ Comandante Caballero nº 3-6º Planta

33005 Oviedo

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones en la calle Padre Teral nº 26 –Q de Villalegre en Avilés y con el e-mail correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N en calidad de presidente , ante la Fiscalía del Tribunal de Justicia comparezco y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:

Que a medio de este escrito formulamos de nuevo DENUNCIA por la continuidad de la existencia en la Reserva de la Ría de Villaviciosa en el porreo de Salin hay una nave ganadera que ya denunciamos el pasado año por la que se aperturan diligencias de investigación 44/2025

Esta navea cada vez esta mas llena de residuos, coches abandonados, ruedas, liquidos peligrosos en el espacio natural que hemos denunciado a diferentes administraciones competentes y no proceden a la retirada de los residuos contaminantes.

Ante el riesgo de incendio o filtración al espacio natural es preciso la retirada sin demora de los residuos, Este delito esta tipificado el articulo 330 del codigo penal cuando “ los hechos tienen lugar en un espacio natural protegido, con el resultado de dañar gravemente alguno de los elementos que sirvieron para calificarlo” como es este desguace de coches ilegal.

Reiteramos la denuncia ante el archivo de la anterior, al haberse enviado vía email.

Y por lo expuesto, SUPLICO a la Fiscalía que tenga por presentado este escrito y por formulada denuncia por el hecho relatado si fuera constitutivo de delito frente a quien resulte ser el responsable del mismo, decretando la apertura de Diligencias de Investigación y comunicando el desarrollo de esta denuncia.

En Avilés, Asturias, a 20 de agosto del 2026

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha en nombre de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies

Consejeria de Movilidad, Medio Ambiente y Gestión de Emergencias de Asturias

Dirección General de Custodia del Territorio y Prevención de Incendios

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho,

EXPONE:

Que a medio de este escrito formulamos de nuevo DENUNCIA por la existencia en la Reserva de la Ría de Villaviciosa en el porreo de Salin hay una nave ganadera llena de residuos que ya denunciamos hace mas de 1 año, ahora tiene mas residuos, coches abandonados, ruedas, liquidos peligrosos en el espacio natural que hemos denunciado a diferentes administraciones competentes y no proceden a la retirada de los residuos contaminantes.

Ante el riesgo de incendio o filtración al espacio natural es preciso la retirada sin demora de los residuos,

Por todo lo anteriormente expuesto, SOLICITA:

Que se tenga por presentada esta denuncia, por los hechos contenidos en el presente escrito, y previos los trámites que procedan:

Primero.- Se sirva admitir el presente escrito, ordenando las investigaciones precisas para el esclarecimiento de los hechos denunciados, y la determinación de las responsabilidades a que hubiere lugar.

Segundo.- Que se ordene incoar el correspondiente procedimiento sancionador, y que en la resolución que recaiga en el mismo, además de las sanciones que procedan, se imponga al infractor la obligación de reparar el daño causado1, y subsidiariamente, que indemnice los daños y perjuicios que no puedan ser reparados, imponiéndose al infractor las multas coercitivas necesarias para cumplir lo ordenado, en caso de no realizar voluntariamente la reparación o indemnización impuestas.

Tercero2.- Que se tomen medidas preventivas o cautelares, para asegurar la eficacia de la resolución final que pudiera recaer.

Cuarto3.– Que en base a los artículos 4.1.c y 4.2 de la Ley 39/2015, y artículo 24.1 de la Constitución Española, al ser esta asociación titular de intereses legítimos colectivos en materia de medio ambiente, comparecemos en el presente procedimiento, solicitando expresamente que se nos tenga por parte interesada en el mismo, se nos permita formular alegaciones, proponer prueba, y se nos notifiquen cuantas actuaciones y resoluciones se emitan en el mismo. Expresamente se declara que esta asociación cumple los requisitos para ser considerada parte interesada en el presente procedimiento, al cumplir los requisitos del artículo 23 de la Ley 27/2006, al tratarse de una persona jurídica sin ánimo de lucro que tiene en los fines de sus estatutos la protección del medio ambiente en general o alguno de sus elementos en particular, está constituida legalmente hace más de dos años y viene ejerciendo de modo activo las actividades necesarias para alcanzar los fines previstos en sus estatutos, desarrollando estatutariamente su actividad en el ámbito territorial afectado por esta actuación administrativa.

En Avilés a 20 de agosto del 2026

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies


  1. En la forma y condiciones fijadas en la Ley 26/2007, de 23 de Octubre, de Responsabilidad Medioambiental.

    ↩︎

  2. En el caso de que se puedan imponer medidas preventivas o cautelares, como pueden ser la paralización de una obra.

    ↩︎

  3. Si la asociación no cumple los requisitos del artículo 23 de la Ley 27/2006 (por ejemplo, no está constituida desde hace dos años), hay que quitar el segundo párrafo y añadir un texto similar a: “Expresamente se declara que esta asociación tiene entre sus fines y objetivos propios, la defensa y protección del medio ambiente, tal y como se indica en el artículo… de sus Estatutos” (que conviene acompañar)

    ↩︎