La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies.
EXPONE:
Hemos solicitado en varias ocasiones por escrito poder acceder a expedientes que se tramitaron o están pendientes en la Consejeria de Cultura, de forma continua se nos deniega acceder a ellos, con la peregrina disculpa de falta de acreditación como interesado (se adjunta la ultima respuesta) por parte de la Jefa de Servicio de Protección y Régimen Jurídico de la Consejeria de Cultura y Turismo del Principado, la señora Diana Bernardo Rodríguez.
Procuradora General del Principado
Plaza de Riego 6
33003 Oviedo
En Avilés, 5 de noviembre de 2010
La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies.
EXPONE:
Hemos solicitado en varias ocasiones por escrito poder acceder a expedientes que se tramitaron o están pendientes en la Consejeria de Cultura, de forma continua se nos deniega acceder a ellos, con la peregrina disculpa de falta de acreditación como interesado (se adjunta la ultima respuesta) por parte de la Jefa de Servicio de Protección y Régimen Jurídico de la Consejeria de Cultura y Turismo del Principado, la señora Diana Bernardo Rodríguez.
El caso que le enviamos es poder consultar un parque eólico de Busto en Ibias (les adjuntamos copia del escrito presentado en la Consejería, asi como la sugerencias presentadas en el tramite de consultas ambientales en la Consejeria de Medio Ambiente.
A pesar de que ya se le remitieron ante otras negativas documento suficiente:
1.- Copia de Poder notarial el Notario pone de manifiesto el carácter con el que actúa Fructuoso Pontigo Concha, como Presidente de la Asociación y representante legal de la misma.
2.- Copia de los Estatutos de la Asociación, en que se constata que tiene como fines básicos (artículo 4) el estudio y protección del medio ambiente de la Comunidad Autónoma asturiana y, en general, cualquier tipo de acto encaminado a la protección del medio ambiente.
Esta señora nos bloquea sistemáticamente acceder a los expedientes solicitados, en esta semana en otro caso más que tenemos pendiente.
Ha de tenerse en cuenta que la Ley 27/2006, de 18 de julio, que regula los derechos de acceso a la información, participación pública y acceso a la justicia en materia de medio ambiente, en su artículo 3 prevé un derecho de acceso a la información ambiental a favor de “todos”, incluyendo personas físicas y jurídicas, cualquier a que sea su nacionalidad domicilio o sede; derecho que se puede ejercitar sin que para ello estén obligados a declarar un interés determinado
Por lo anterior SOLICITA:
Que teniendo por presentado este escrito se proceda a su respuesta adecuada, ante la falta de acceso a los expedientes solicitados por parte de Servicio de Protección y Régimen Jurídico de la Consejeria de Cultura y Turismo del Principado y que impide nuestra labor como asociación.
Fdo. Fructuoso Pontigo Concha de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies