Incumplimiento de condiciones impuestas para la ampliación de Cantera de Peridiella

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, legalizada el 22 de Marzo de 1990 en la Delegación de Gobierno de Asturias.

EXPONE:

El Bopa del pasado 28 de julio de julio de 2004 impone unas  condiciones a  Áridos Piloña para la  ampliación de Cantera de Peridiella. En una visita en la zona hemos comprobado como se incumplen la casi totalidad de condiciones ambientales  impuestas en esta tramitación a pesar de los muchos años trascurridos, tiempo suficiente para cumplir estas:

Viceconsejeria de Medio Ambiente

C/Coronela Aranda nº 2

33005     Oviedo

 

Avilés, a 30 de junio de 2009

 

 


 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, legalizada el 22 de Marzo de 1990 en la Delegación de Gobierno de Asturias.

 

Se encuentra ubicada en la localidad de Peridiella en Beloncio en Piloña una cantera de caliza que se lleva explotando varios años.

 

EXPONE:

 

El Bopa del pasado 28 de julio de julio de 2004 impone unas  condiciones a  Áridos Piloña para la  ampliación de Cantera de Peridiella. En una visita en la zona hemos comprobado como se incumplen la casi totalidad de condiciones ambientales  impuestas en esta tramitación a pesar de los muchos años trascurridos, tiempo suficiente para cumplir estas:

 

– La valla perimetral esta parcialmente incompleta.

– No tiene  balsas de decantación para el tratamiento de aguas de escorrentía de la zona de explotación.

– No se aprecian  que las aguas interiores de la explotación sean tratadas con carácter previo a su incorporación a los sistemas de escorrentía natural de la zona, evitándose su incorporación al sistema de aguas subterráneas. 

–  No se ve el canal perimetral alrededor del  área de explotación ni cunetas perimetrales que recoja las aguas pluviales y de escorrentía para evitar su introducción en el interior de la misma. 

–  No están adecuadamente pavimentadas las zonas de tránsito de vehículos para  evitar las emisiones difusas de polvo

-Se superan de forma amplia los niveles de emisión de ruido derivados del régimen de funcionamiento continuo de la actividad se limitarán de manera tal que los niveles de inmisión en el límite de la zona minera se ajuste a las previsiones del Decreto 99/1985, del Principado de Asturias. Los límites previstos en el citado Decreto se cumplirán, también, en el exterior de las viviendas situadas en el entorno de la explotación.

– No existe apantallamientos arbóreos previstos para el macizo de protección  con la carretera.

– No están capotadas  las cintas transportadoras, para evitar la dispersión del polvo.

– No tiene cierre lateral  la totalidad de los pilas de material, para evitar la dispersión del polvo de estas pilas.

– No se aprecía restauración ambiental de las zonas de la cantera ya laboradas.

 

Por todo ello se SOLICITA:

 

 

– Se proceda a la paralización de la cantera hasta que no cumplan las condiciones impuestas hace 5 años.

 

– Se nos informe del desarrollo de esta denuncia

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha en nombre de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies