La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies con motivo de las consultas sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental de la planta de biometanización en la Zoreda por parte Cogersa.
EXPONE:
La instalación está en el Anexo II Grupo 9-B del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.
Viceconsejeria de Medio Ambiente
Dirección General de Agua y Calidad Ambiental
C/Coronel Aranda nº 2
33005 Oviedo
En Avilés, 5 de octubre de 2009
La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies con motivo de las consultas sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental de la planta de biometanización en la Zoreda por parte Cogersa.
EXPONE:
La instalación está en el Anexo II Grupo 9-B del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.
Entendemos que aunque no sea obligatorio el estudio, resulta de interés para poder valorar adecuadamente el impacto de esta planta, porque la memoria presentada tiene notables deficiencias y el proyecto es claramente raquítico para las necesidades de tratamiento de la fracción orgánica que tenemos en Asturias.
De acuerdo a los objetivos de estas instalaciones, el tratamiento industrial de parte de los residuos orgánicos actualmente depositados en el vertedero de Residuos No Peligrosos es preciso realizarlo para mas de las previsiones de planta que en una primera fase solo tiene previsto una capacidad de 30.000 toneladas, cuando ahora mismo van al vertedero unas 320.000 toneladas/ año de fracción orgánica y lodos de depuradora.
Este proceso de fermentación anaerobia, que permitirá la recuperación de biogás con poder energético, seguido de un proceso de estabilización aerobia, del que se obtendrá compost susceptible de ser utilizado como enmienda orgánica en agricultura y jardinería, del que hay mucho mas necesidad que la indicada en la memoria, si tenemos en cuenta que en la región hay decenas de espacios degradados pendiente de recuperación, sin olvidarnos de la perdida de suelo que va asociada en los incendios, obras publicas, etc.
– Impacto contaminación del aire.
Dentro de las emisiones atmosféricas de la instalación se podrían debido a la fermentación y digestión de la materia orgánica biodegradable, la que sería responsable de malos olores, que se producirían básicamente durante la etapa de recepción y manipulación de los residuos frescos y durante la fermentación, digestión y post-tratamiento del material digerido.
Es preciso conocer con detalle el impacto de los tratamiento previsto para los olores, el de alta carga que se tratara mediante un sistema de lavado químico previamente al biofiltro biológico y el de baja carga que se tratara directamente en el biofiltros.
– Impacto de las aguas
Aunque en el proceso de biometanización produce muy pocas aguas residuales, queremos saber que tratamiento van a recibir estas pocas.
Por lo que se SOLICITA:
Sean tenidas en cuenta las sugerencias presentadas a este trámite y que se nos informe del desarrollo de este expediente.
Fdo. Fructuoso Pontigo Concha de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies