El Juzgado decide continuar la via penal contra el vertido de Aboño de HC

Los grupos ambientales que suscriben celebran de que el Juzgado de lo Penal nº 1 de Gijón haya dictado, Providencia notificada a las partes por la que acuerda y no proceder al archivo de la causa penal y continuar la instrucción de la causa penal incoada contra la imputada Hidroeléctrica del Cantábrico, S.A por le vertido de fuel a la Ría de Aboño, acogiendo los motivos en los que se basa la oposición formulada por la Coordinadora Ecologista d´Asturies frente al sobreseimiento instado.

 

La resolución judicial permitirá conocer, en sede penal, la responsabilidad de la imputada en el hecho de que, en el mismo día, ocurrieran dos fracturas en diferentes lugares de la Planta: la de una válvula por la que se produjo la fuga de fuel, y posteriormente la de la arqueta de contención y que produjo la perpetración del delito imputado con el resultado de una de las mayores agresiones a nuestro patrimonio natural en forma de la mancha tóxica que se extendió desde la ría al mar a más de un kilómetro de la costa implicando la ejecución del Plan Territorial de Contingencia por Contaminación Marina Accidental por el Principado, a pesar de lo cual aún puede verse la huella patente de tal contaminación en los pedreros de la zona de Carreño.

 

Entre otras pruebas, la Juez ha admitido la instada por esta Acción Popular y en consecuencia, ha remitido oficio a la Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente para que envíe al Juzgado el expediente sancionador incoado por los hechos. Hay que recordar que la imputada Hidroeléctrica del Cantábrico, S.A. tiene conocimiento del riesgo de su industria, y por ello solicitó y le fue concedida la autorización ambiental integrada a medio de la Resolución de 23 de abril de 2008, de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural con relación al proyecto de la Central Térmica de Carbón de Aboño, ocupando terrenos de los términos municipales de Carreño y Gijón, y se ha constatado que al menos dos de las condiciones allí expresadas han sido infringidas por la mercantil denunciada. Se cumple así, al menos de inicio, con uno de los requisitos del tipo penal imputado, pues la infracción de la norma extra penal está acreditada tras la incoación del expediente sancionador por el supuesto incumplimiento de las condiciones exigidas en la autorización ambiental integrada, que se emite precisamente para evitar el desastre ocurrido.

 

Esperamos que procedimientos como el incoado sirvan para que empresas como la imputada dejen de obviar toda medida de precaución eludiendo el mantenimiento y vigilancia del estado de sus instalaciones. Como ocurre ya en países de nuestro entorno, los códigos internos de comportamiento ético o buenas prácticas, con las que se demuestre que las empresas contaminantes se han esforzado por tratar de impedir la comisión de delitos contra el medio ambiente, son objetivos que necesariamente se tienen que conseguir a través de la potestad de los poderes públicos en el cumplimiento de su deber inspector, sancionador, instructor y condenatorio frente a la fuerte tendencia que muestran las empresas contaminantes a esquivar sus obligaciones, y que en este caso ha supuesto un daño a los ecosistemas naturales de una gravedad intensa que todos recordamos y especialmente los vecinos de Gijón y Carreño.

 

 

Coordinadora Ecoloxista d’Asturies

Asociación para la Defensa Jurídica del Medio Ambiente- ULEX

Colectivo Ecologista de Avilés

Plataforma por la Defensa de la Cordillera Cantábrica

Asociación para la Conservación y estudio del lobo – ASCEL

Grupu Ornitoloxia Mavea d'Avilés

Asociación Verdes Asturianos

 

Para más información tfno. 629892624 (Fruti) y 679574236 (la letrada Laura López Varona)

 

punto del vertido