Denuncia ocalitos Corru en Villaviciosa (03/07/2021)

Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho,

EXPONE:

Primera.

Hemos visto una plantación de eucaliptos en la zona de Puente Corru en el concejo de Villaviciosa.

 Resulta extraño en cuanto en ninguno de los extremos de la finca había plantado ninguno de estas especies invasoras, se ha producido un evidente  cambio de cultivo que esta expresamente prohibido en la actual normativa.

Por el medio de la finca esta el antiguo “Camín Real” que venía “Les Vegues de Fuentes” y continuaba para Breceña, sin que se hayan tomado medidas para su proteccón.

Están ubicadas en la parcela de acuerdo al sig pag, de acuerdo a la referencia,

(X 305398-Y 4814421).

 

Segunda.

Hay que recordar que  el comité científico del Ministerio de Transición Ecológica constató, con los datos técnicos disponibles, el carácter invasor de las especies de Eucalyptus naturalizadas en nuestro país:

 

“Se concluye que se debería incluir en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras regulado por el R.D. 630/2013, de 2 de agosto, bajo el criterio de la IUCN (2000), a todas estas especies: Eucalyptus camaldulensis, E. globulus, E. gomphocephala, E. gunnii, E. nitens y E. sideroxylon, así como cualquier otra especie de este género cuyo destino sea la explotación forestal, debido al alto riesgo de invasión por estas especies consecuencia de sus características biológicas, fisiológicas y ecológicas”.

 

 “Se recomienda extremar la precaución con nuevas introducciones y plantaciones, y se recomienda un seguimiento local y llevar a cabo medidas de erradicación antes de que se produzca la invasión siempre que se observe naturalización de cualquier especie de Eucalyptus en nuestro territorio”.

 

Por otro lado, es bien conocido el carácter pirófito de estos cultivos de eucalipto, lo que incrementa los riesgos ante un escenario en que los incendios son cada vez de mayores dimensiones. Además, los monocultivos de eucalipto reducen la biodiversidad y la riqueza paisajística y rompen la multifuncionalidad, valores todos ellos de conservación prioritaria.

 

Lo que resulta mas grave en Villaviciosa donde hay una clara colonización de esta especie invasora, que supone un riesgo para los vecinos y la biodiversidad.

 

Y por lo expuesto, formulamos la presente SOLICITUD de INFORMACIÓN AMBIENTAL   al amparo de lo establecido en los arts. 5, 10 y concordantes de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE) y según lo dispuesto en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración, teniéndonos por interesados en el que se inicia a medio de la presente solicitud.

-Que se nos informe si esta plantación están autorizadas y con que condiciones.

 

-Que se nos informe del grado de cumplimiento de las condiciones impuestas.

 

-Si no lo estuvieran que se sancione a los propietarios.

 

-Que se solicite la retirada de los eucaliptos plantados sino tuvieron autorización, sin demora.

 

Y asimismo, SOLICITAMOS que se conteste a la información requerida en el término legalmente establecido de un mes, según lo dispuesto en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración, teniéndonos por interesados en el que se inicia a medio de la presente solicitud.

 

Por la presente también queremos que se nos tenga en cuenta como parte interesada en el asunto, y por tanto ser informados de las gestiones que al respecto sean llevadas a cabo y las conclusiones y resolución del expediente sancionador que se pueda abrir al efecto.

 

En Avilés a 30 de junio del 2021

 

 

Fdo digitalmente por  Fructuoso Pontigo Concha  de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies