Fiscalía de Medio Ambiente.
Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias
C/Comandante Caballero nº 3-6º Planta
33005 Oviedo
La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones en la calle Padre Teral nº 26 –Q de Villalegre en Avilés y con el e-mail; correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 34 sección segunda, con CIF-G33247891, y en su representación Fructuoso Pontigo Concha con DNI 11393200N, ante la Fiscalía del Tribunal de Justicia comparezco y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:
Que a medio de este escrito formulo DENUNCIA frente a “ASTILLEROS ARMÓN, S.A.” y al “AUTORIDAD PORTUARIA DE GIJON” con domicilio social en la calle Montemayor, nº 2, en Gijón 33212 la primera y Edificio Servicio Multiples en el Musel s/n en Gijón 33212 la segunda, por cuanto pudieran ser responsables de los siguientes
HECHOS
El pasado 12 de diciembre , varias personas pudieron comprobar cómo una explosión submarina a la altura de los astilleros Armón en la Bahía de Gijón dentro del Puerto del Musel, producía la muerte de numerosos peces que no se pudieron identificar y al menos varias aves, de las que dos eran alcas comunes (Alca torda), especie recogida dentro del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas. Hechos que fueron denunciados a la Autoridad Portuaria. A pesar de esta denuncia de diciembre, el 15 de enero otra vez varias personas comprobaron como otra explosión producía la muertes de varias aves protegidas entre ellas 3 alcas comunes. En esos días aparecieron en la playa mas próxima también muertos 2 arao común.
Además de las aves y de la fauna marina referida, también hay mamíferos protegidos en la zona como la foca gris (Halichoerus grypus) que se podrían ver afectadas por las explosiones, las cuales se vienen produciendo desde hace varios meses dentro de las tareas de dragados.
Otras especies presentes en la zona que pueden estar siendo afectadas por las explosiones son:
Serreta mediana (Mergus serrator)
Colimbo grande (Gavia immer) y Colimbo chico (Gavia stellata)
Zampullín cuellinegro (Podiceps nigricollis)
Arao común (Uria aalge)
Tarro blanco (Tadorna tadorna)
Charrán patinegro (Thalasseus sandvicensis)
Negrón común (Melanitta nigra)
Este pasado jueves 30 de enero (documento 2 que adjuntamos) nos comunica la Autoridad Portuaria, que ha procedido a la paralización de las explosiones submarinas que se venían realizando en los últimos meses hasta que los Astilleros no presenten un plan de prevención de la fauna.
No deja de sorprender, que tras varios meses de explosiones, a menos de un mes de la finalización de acabar las obras (estaban previstas acabarla en febrero), ahora el Puerto les pida algo que hasta ahora el Astillero no tenía, porque el Puerto nada les pidió, para sorpresa de todo el mundo, al ser este plan preventivo obligatorio en una zona con especies salvajes claramente amenazadas por la actividad.
Los hechos denunciados pudieran ser constitutivos de delitos contra la fauna previstos en los artículos 336 CP (que contempla expresamente el método de las explosiones como de gran nocividad) y 335 CP, así como el previsto en el artículo 325 también del CP, pues con absoluto desprecio a las especies de fauna que puedan verse afectadas, las deflagraciones se repiten con la potencialidad lesiva intrínseca denunciada y provocan estragos en la preservación de la fauna local con resultado de muerte constatada de aves y peces marinos de forma incontrolada e irreversible.
Las consecuencias dañosas de las explosiones han sido denunciadas ante la Autoridad Portuaria a medio de escrito precedente de fecha 30 de diciembre de 2013, habiéndose constatado la falta de vigilancia y control sobre la fuente del riesgo y origen de la afectación con resultado de muerte de fauna protegida. Le adjuntamos la respuesta de la Autoridad Portuaria a nuestras denunciad en el documentos 1, donde se ve que no han exigido ninguna medida preventiva al Astillero, a pesar de que ya eran públicos los daños a especies salvajes y a las viviendas por las quejas de los vecinos de grietas en ellas.
Se ha de decir que la costa es un ecosistema natural que debe ser protegido sin necesidad de una declaración específica (STS de 25 de septiembre de 2003) y que existe un deber impuesto por la Ley de Costas de abstenerse de realizar cualesquiera actividades que puedan tener impacto en el mismo.
En cuanto a la intencionalidad, se ha de decir que las reglas de la lógica, de la experiencia y del recto juicio permiten asegurar que el agente de las explosiones, “Astilleros Armón, S.A.” y el que las autorizo “Autoridad Portuaria de Gijón”, son conscientes no solo de la eventualidad del riesgo para la fauna de las explosiones submarinas que está llevando a cabo, sino que lo es del perjuicio grave que está de hecho ocasionando a los ecosistemas naturales y del resultado de muerte de ejemplares de especies protegidas, pues la presencia de las mismas en la zona no puede ser desconocida por la denunciada.
Son TESTIGOS DIRECTOS DE ESTOS HECHOS:
1. D. José Laureano xxxxx xxxxx, con DNI nº xxxxxxxxx-x, con domicilio en xxxxxxxxxxxxx Gijón, Asturias. Teléfono xxxxxxxxx.
2. Doña Yolanda xxxxx xxxxx, con DNI nº xxxxxxxxx-x, con domicilio en xxxxxxxxxxxxx Gijón, Asturias. Teléfono xxxxxxxxx.
Y por lo expuesto,
SUPLICO a la Fiscalía que tenga por presentado este escrito y por formulada denuncia por el hecho relatado si fuera constitutivo de delito frente a la denunciada o a quien resulte ser el responsable del mismo, decretando la apertura de Diligencias de Investigación.
En Avilés, Asturias, a 31 de enero de 2014
Fdo. Fructuoso Pontigo Concha en nombre de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies