Denuncia aves electrocutadas Villaviciosa (29/12/19)

Consejería de Desarrollo Rural, Agroganadería y Pesca

C/Tres Rosas nº 2

33005        Oviedo

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, EXPONE:

 

PRIMERA.

Hemos comprobado como este miércoles 19 de diciembre moría electrocutado un ratonero común (Buteo buteo) en el transformador ubicado en la antigua depuradora de Nestle en el Sablin en Villaviciosa.

Lo que pusimos en conocimiento de esta Consejería avisando al 112 y reclamando la recogida de la rapaz muerta y su custodia adecuada, para poder realizar la correspondiente necropsia y acreditar la muerte por electrocución.

La electrocución es una de las causas de mortalidad más importante para las rapaces y aves amenazadas.

 

SEGUNDA.

El transformador citado se encuentra dentro de la Reserva Natural Parcial de la Ría de Villaviciosa, que hay que recordar que esta Incluido en la Zona Especial de Conservación Ría de Villaviciosa (ES1200006) y en la Zona de Especial Protección para las Aves Ría de Villaviciosa (ES1200006).  Es el Humedal Ramsar “Ría de Villaviciosa”

 

TERCERA.

La electrocución afecta sobre todo a las aves que utilizan los apoyos de los tendidos como posaderos. Las aves se electrocutan cuando se produce una derivación de corriente a través de su cuerpo al tocar a la vez dos cables conductores o un cable conductor (u otro elemento en tensión) y el propio poste donde se posan. Hoy en día esta es de hecho una de las causas de mortalidad más importante para las rapaces amenazadas.

 

CUARTA.

El Real Decreto 1432/2008 obliga a que las líneas eléctricas, de nueva construcción y las ya existentes en su artículo 3, cumplan las normas técnicas que reduzcan los riesgos de electrocución y colisión para la avifauna, por lo que los tendidos que no las cumplan deben modificarse.

Esta norma indica en su artículo 4 como Zonas de Protección;

Los territorios designados como Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), de acuerdo con los artículos 43 y 44 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

La ría de Villaviciosa es una zona ZEPA, además está acreditado la presencia habitual de especies catalogadas tanto para la reproducción, la alimentación, dispersión y de concentración.

Además, el primer apoyo de amarre de la línea aérea es del tipo de las tres fases en un mismo plano horizontal, tensionadas por cadenas de amarre en horizontal, sin ningún tipo de protección antielectrocución.

Del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

Artículo 5.2. En el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de este real decreto y mediante resolución motivada, el órgano competente de cada comunidad autónoma determinará las líneas que, entre las referidas en el artículo 3.2, no se ajustan a las prescripciones técnicas establecidas en los artículos 6 y 7 y en el anexo. Dicha resolución será notificada a los titulares de las líneas y publicada en el respectivo diario oficial.

Artículo 6.b) En cualquier caso, se procederá al aislamiento de los puentes de unión entre los elementos en tensión.

Disposición transitoria única. 2. Los titulares de las líneas eléctricas aéreas de alta tensión a las que se refiere el artículo 3.2, deberán presentar ante el órgano competente y en el plazo de un año a partir de la notificación de la resolución de la comunidad autónoma a que se refiere el artículo 5.2, el correspondiente proyecto para adaptarlas a las prescripciones técnicas establecidas en el artículo 6 y en el anexo, debiéndose optar por aquellas soluciones técnicamente viables que aseguren la mínima afección posible a la continuidad del suministro.

Disposición transitoria única. 3. Las comunidades autónomas realizarán, en el plazo de un año a partir de la fecha de publicación de las zonas de protección, un inventario de las líneas eléctricas aéreas de alta tensión ya existentes que provocan una significativa y contrastada mortalidad por colisión, de aves incluidas en el Listado de especies silvestres en régimen de protección especial, particularmente las incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas. Una vez informado este inventario por la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, se notificará a los titulares de estas líneas, que podrán acogerse, para su modificación voluntaria, a la financiación prevista en la disposición adicional única, teniendo en cuenta las prescripciones técnicas establecidas en el artículo 7 en materia de protección contra la colisión.

 

Por todo ello SOLICITAMOS que se tenga por interpuesta la presente DENUNCIA y se incoe el correspondiente expediente sancionador tras la averiguación de los hechos denunciados a las diferentes responsables, dando vista del expediente informativo a la denunciante y comunicando la incoación del referido expediente sancionador así como el eventual archivo de las actuaciones, y en virtud del contenido fáctico de la misma.

 

– Qué se investigue los hechos denunciados.

 

– Qué se sancione a la empresa titular del transformador sino si no ha tomado las medidas preventivas obligatorias en las ZEPA para evitar la electrocución de las aves.

 

– Que se nos informe del desarrollo de esta denuncia

 

Y asimismo, SOLICITAMOS que se conteste a la información requerida en el término legalmente establecido de un mes, según lo dispuesto en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración, teniéndonos por interesados en el que se inicia a medio de la presente.

 

Por la presente también queremos que se nos tenga en cuenta como parte interesada en el asunto, y por tanto ser informados de las gestiones que al respecto sean llevadas a cabo y las conclusiones y resolución del expediente sancionador que se pueda abrir al efecto.

 

En Avilés a 26 de diciembre de 2019

 

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha  de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies