La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, ante el trámite de información del Convenio Urbanístico de Monte de Ponte Folgueira en el término municipal de Tapia de Casariego publicado en el B.O.P.A. de 29 de julio de 2008..
Expone:
El objetivo es recalificar unos terrenos forestales de 9,1 hectáreas en Suelo Urbanizable Residencial donde se pretenden hacer 91 viviendas unifamiliares, en las proximidades del pueblo de Casariego que tiene 3 veces menos viviendas que las proyectadas.
Ayuntamiento de Tapia de Casariego
Plaza de la Constitución nº 1
33740 Tapia de Casariego
Avilés, 26 de agosto de 2008
La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies:
Ante el trámite de información del Convenio Urbanístico de Monte de Ponte Folgueira en el término municipal de Tapia de Casariego publicado en el B.O.P.A. de 29 de julio de 2008..
Expone:
El objetivo es recalificar unos terrenos forestales de 9,1 hectáreas en Suelo Urbanizable Residencial donde se pretenden hacer 91 viviendas unifamiliares, en las proximidades del pueblo de Casariego que tiene 3 veces menos viviendas que las proyectadas.
Sorprende que un municipio que mantiene en los últimos 10 años su población de acuerdo a los datos del censo y donde se han construido viviendas secundarias y donde hay previstas duplicar el número de viviendas en los próximos años, cuando más del 60% de las existentes ya son segundas residencias. Este convenio como otros muchos proyectos en el municipio es una saturación más del entorno que cada vez esta más degradado en la rasa costera.
El convenio suscrito por el Ayuntamiento y los propietarios parte de algunos datos falsos iniciales:
– Dice el convenio en su punto 2 que son terrenos que no gozan de ningún valor paisajístico ni riqueza forestal. Lo que resulta completamente falso porque tienen un valor ambiental alto por eso están como SNUIF en el actual PGOU. Está situada a menos de 1000 m. de LIC y de la ZEPA Peñarronda a Barayo, son fundamentales para la conservación de la fauna y flora en estas áreas tan humanizadas. De hecho, los propietarios regularmente realizan aprovechamientos forestales de madera en estas parcelas
– Dice en el mismo punto que su orografía es totalmente llana y tiene conexiones con la futura autovía. Lo que resulta completamente falso porque estos terrenos forman una ladera, al principio de suave pendiente, que se vuelve mucho más evidente en su discurrir hacia el río y que tiene una fuerte caída en su mitad oriental (>50% de pte.). Las conexiones con la autovía están a varios km. de distancia (A 4 km., Barres y A 5 km., A Roda) por lo que no es una zona de acceso prioritario.
Por lo expuesto hasta aquí, se han cometido errores de gran importancia en la tramitación del convenio. Y también omisiones; hay lagunas inadmisibles que no se pueden consentir en una actuación tan irreversible como la pretendida. Destacaríamos que el área afectada tiene los siguientes valores naturales, paisajísticos y forestales:
Es un área que por su escasez local es idónea para mantener su clasificación actual de INTERÉS FORESTAL, para proteger esos usos tradicionales que tanto escasean.
Es un Hábitat Prioritario de la Unión Europea, de prioridad 1: Bosques de la Europa Templada (Aluviales residuales: Alnion glutinoso incanae).
Biodiversidad elevada: Sobre todo en contraposición con el campo de golf colindante y la urbanización que ya están haciendo (y quieren ampliar) en Rapalcuarto.
Zona arbolada; en la parcela colindante por el norte, el Principado está subvencionando un proyecto de agrosilvopastoralismo pionero en este lugar, para armonizar el uso de ganadería y árboles.
Aves: zona de nidificación y refugio, ya que cada vez tienen menos sitios por la creciente urbanización de la rasa costera.
Allí se encuentra la Fonte da Virgen y el Área Recreativa: De importancia extraordinaria para habitantes y visitantes; es seguro que la fuente se verá afectada si eliminan la masa forestal que protege su cuenca vertiente y eso que es uno de los valores naturales más visitados por los vecinos de toda la rasa costera tapiega. El área recreativa perderá todo su valor natural sin los árboles que dan color, paisaje y aislamiento a la cuenca visual de esta zona, ahora ya rodeada por grandes infraestructuras y poblaciones.
Afección al paisaje: la urbanización de los espacios naturales supone una afección evidente y manifiesta tanto durante la construcción como en su posterior desarrollo.
En consecuencia, SOLICITA:
– Sean tenidas en cuenta las presentes alegaciones se solicite sin demora la inmediata redacción del OBLIGATORIO Informe de Sostenibilidad Ambiental con todos y cada uno de los apartados que marca la ley; además, antes del mismo, se debe realizar el PRECEPTIVO trámite de consultas previas, que también marca la ley.
Atentamente, le saluda.
Fdo. Fructuoso Pontigo Concha de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies