La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies con motivo del tramite de un permiso de investigación en Cobayu en Ribadesella al que nos han consultado el nivel del detalle del estudio de impacto ambiental.
EXPONE:
En vista de que la única finalidad de la investigación prevista es valorar la viabilidad de una explotación de la industria extractiva en ese lugar.
Entendemos que se debe rechazar esta posibilidad ante el importante impacto que supondría dicha explotación de llevarse a cabo en el barrio del mismo nombre que estaría colindantes, que afectarían a mas de 100.000 metros cuadrados de suelos de especial protección, colindantes con un espacio protegido como es el Lugar de Importancia Comunitaria y Zona de Especial Protección para las Aves Ría de Ribadesella-Ría de Tinamayor.
Viceconsejeria de Medio Ambiente
Dirección General de Agua y Calidad Ambiental
C/Coronel Aranda nº 2
33005 Oviedo
En Aviles, 1 de enero del 2010
La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies con motivo del tramite de un permiso de investigación en Cobayu en Ribadesella al que nos han consultado el nivel del detalle del estudio de impacto ambiental.
EXPONE:
En vista de que la única finalidad de la investigación prevista es valorar la viabilidad de una explotación de la industria extractiva en ese lugar.
Entendemos que se debe rechazar esta posibilidad ante el importante impacto que supondría dicha explotación de llevarse a cabo en el barrio del mismo nombre que estaría colindantes, que afectarían a mas de 100.000 metros cuadrados de suelos de especial protección, colindantes con un espacio protegido como es el Lugar de Importancia Comunitaria y Zona de Especial Protección para las Aves Ría de Ribadesella-Ría de Tinamayor.
El Real Decreto 1131/1988 , de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución del Real Decreto legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, dice claramente en su articulo 7 cuales tienen que ser los contenidos de este, que se desarrolla después en el 8, 9 y 10. Así mismo es necesario conocer con detalle que medidas se van a tomar para minimizar los impactos que se van a producir, que al menos son estos:
Los impactos asociados a las canteras urbanas son:
– Contaminación de aire, producida por las emisiones de contaminantes de la atmósfera, en especial los carros de perforación, así como el producido en lugares de almacenamiento de materiales extraídos, así como el polvo que se genera en las zonas de transito, etc..
– Contaminación de las aguas de la zona tanto subterráneas como las de superficie por la contaminación de las aguas de escorrentía con el minera en la explotación, que acabaría afectando a la ria.
– Perdida de calidad paisajística, en una trama urbana, en una población que en parte vive del turismo.
– Daños a la estructura de las viviendas por vibraciones que se producen por la explotación, hay que recordar que hablamos de escasos metros de la zona con los edificios colindantes.
– Contaminación acústica, producida por las voladuras y el continuo movimiento de maquinaria en la explotación, así como en la manipulación y transporte del material extraído en esta.
– Perdida de especies forestales significativas y extrañas en la zona costera; Bosques mixtos con carbayo y fresno, Bosques jóvenes con arce y fresno, Encinares, Formaciones arbustivas eutrofas de encina, Formaciones arbustivas eutrofas de laurel con aladierno.
– Se indique los procedimientos utilizados para conocer el grado de aceptación o repulsa social de la actividad con sus colindantes.
SOLICITA:
Sean tenidas en cuenta las sugerencias presentadas a este trámite y que se deniegue este permiso de investigación.
Fdo. Fructuoso Pontigo Concha de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies