Alegaciones variante Cayés, Llanera (12/01/19)

Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho,

El pasado 30 de diciembre del 2018 se publicó en el Bopa la ampliación del estudio informativo de la variante de Cayés.

Primera:

 Desde hace años se ha venido solicitando la solución de los problemas provocados por el tráfico pesado a través del núcleo de Cayés, fundamentalmente generados por el transporte de las cargas de las empresas de actividades extractivas (canteras de Arcelor y Orgaleyo) e industriales (planta de hormigón de Hanson) en el Concejo de Oviedo. Es decir, la solución estudiada es únicamente desviar el tráfico y en ningún momento controlarlo y regularlo que sería lo ideal.

Segunda:

Cantera de Arcelor: La explotación del recurso de esta cantera está fundamentada en la demanda de dolomía por los procesos siderúrgicos que desarrolla la empresa Arcelor Mittal, S.A. exclusivamente en sus factorías asturianas.

Para desarrollar esta actividad y transportar los materiales desde la extracción a las factorías, la empresa cuenta con una línea de ferrocarril, por lo que no debería generar tráfico pesado por carretera o no debería permitirse, dado que se hace a través de una vía que no cumple las condiciones para tal fin (según la norma 3.1. IC de seguridad vial) y la empresa dispone de alternativa.

Cantera de El Orgaleyo: Presuntamente, la actividad extractiva de esta cantera es nula. Por lo que no se entiendo el enorme volumen de tráfico pesado que tenía origen en la Cantera de Brañes y final en la Cantera de El Orgaleyo.

Resulta difícil justificar una actividad tan destructiva como la minería a cielo abierto en una zona de Protección Especial Monte Naranco, que incluye numerosos elementos a proteger; pero si se permite y dado que, tal y como ya se ha mencionado, la carretera no reúne condiciones, el permiso sólo debería afectar a la salida de materiales, jamás a la entrada de los mismos.

Si se utilizaba la Cantera de El Orgaleyo para hacer acopios – o para cualquier otro fin – con el material extraído en Brañes, nunca se debería haber permitido el tráfico a través de Cayés ya que para tal fin existe suelo industrial disponible en las proximidades, con buenas vías de comunicación y sin perjudicar a vecinos y medio ambiente.

 

Tercera.- 

Los ayuntamientos de Llanera como el de Oviedo, deberían restringir el tráfico pesado a través de la localidad de Cayés, especialmente el de entrada con carga de materiales una vez entre en funcionamiento la variante.

Por todo ello SOLICITAMOS que tenga por presentado este escrito y por formuladas las alegaciones que contiene que se presentan en tiempo y forma, sean estimadas las mismas y modifique en el sentido argumentado el proyecto sometido a consulta, adecuándose a la obligada motivación prevista en la regulación procedimental que es específica, y teniéndome por parte interesada, nos den traslado de la resolución que recaiga en el presente procedimiento administrativo.

 

OTRO SÍ DICE: Que es preciso una respuesta razonada a estas alegaciones de acuerdo a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Esta falta de respuesta es motivo de nulidad de la tramitación

 

En Avilés a 11 de enero del 2019

 

 

Fdo: Fructuoso Pontigo Concha de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies