Consejeria de Desarrollo Rural y Recursos Naturales
C/Tres Rosas nº 2- 3º
33005 Oviedo
La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, EXPONE:
Con motivo de la Información pública del Proyecto de Ordenación Forestal del Monte MUP 51 “Navaliegos y La Ferraidina”, en el concejo de Teverga, que precisa evaluación preliminar de impacto ambiental. Expte. n.º IG-71-006/15(D) publicado en el Bopa 3 de febrero del 2017.
-Primera.-
No es admisible que no este el documento colgado en la web, no haya forma de consultar el documento mas que en Oviedo en el Principado, lo que dificulta evaluar adecuadamente el impacto ambiental previsto en los montes, demuestra la falta de voluntad de favorecer la participación en estos procesos ambientales.
-Segunda.-
No se pueden utilizar los mismos criterios para todo el monte, 324 Ha, hay que especificar por zonas, pastos, aprovechamiento de madera, leñas, etc. En unas zonas se podrán hacer y en otras deberá respetarse la vegetación para la conservación de la biodiversidad faunística y de las especies catalogadas en los planes de conservación.
-Tercera.-
La compatibilidad de los aprovechamientos vecinales de leñas con otras labores selvícolas, y su definición y control.
En la Braña de las Navaliegas pueden conservarse los pastos, respetando los árboles que la rodean, incluso en estado de latizal o arbustivo, utilizando desbroces manuales para adehesarlos, pero nunca quemas controladas, debido al escaso suelo de la zona, se pueden observar ya canchales y roca casi pelada debido a los incendios anteriores.
Las masas arbóreas entre el Camino Real de La Mesa y los cantaderos de urogallo, inclusive, no deberán ser explotados, es aquí donde se refugian los animales salvajes, especialmente los catalogados en los planes de conservación.
-Cuarta.-
Nos oponemos a la apertura de nueva pistas en el monte
Se señalizara las pistas para recordar su carácter restringido a labores agro-ganaderas y de conservación exclusivamente
Y por lo expuesto,
SOLICITAMOS que se tenga por presentado este escrito de alegaciones, nos den traslado de la resolución que recaiga en el presente procedimiento administrativo.
OTRO SÍ DICE: Que es preciso una respuesta razonada este escrito al tramite de actividades de acuerdo a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
En Avilés a 27 de febrero de 2016
Fdo. Fructuoso Pontigo Concha de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies