Alegaciones esteriles Solís (12/02/16)

Consejería de Economía y Empleo

Dirección General de Minería y Energía

Plaza de España 1-4ª

33007         Oviedo

 

                                                                      

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones  postales en la calle Padre Teral nº 26 –Q de Villalegre en Avilés y con el correo electrónico; correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 34 sección segunda con Cif – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho.

 

Con motivo del trámite de declaración del  recurso minero los  esteriles procedente de la antigua Dolimiticos en la antigua cantera de la Esperanza  en la localidad San Justo en el concejo Corvera publicado en el Bopa del 14-1-2016.

 

            EXPONE:

 

Cual es nuestra sopresa cuando vemos que el Servicio minero no ha puesto en la Web el expediente para faciltir su consulta.

 

Cuando hemos preguntado por ello al Servicio de Minas, se nos dice que no tiene obligación alguna de hacerlo, lo que dificulta poder alegar y la participación porque hay que ir a Oviedo los expedientes en el horario de mañana, lo que supone una clara limitación para quienes queramos consultar estos.

 

Primera.

 

Productos Dolomíticos en su factoría de Valliniello producía dolomía calcinada y  uso la antigua cantera como vertedero de los residuos del proceso de fabricación de dolomía (cenizas, escorias, etc.) en los últimos años, no sabíamos que en el proceso se generara  sobrante esteríl de carbón, ya resulta raro que haciendo acabo la empresa en suspensión de pagos en 1995 tras numerosa dificultades económicas, cambiando varias veces de titular, hubiera dejado esteriles con un valor mercantil abandonados.

 

 Segunda.

 

Como sabran ustedes esta Coordinadora ya denuncia a esta empresa por utilizar a la cantera como un vertedero ilegal de residuos industriales del proceso y de terceros, por lo que se les aperturo varios expedientes sancionadoes.

 

Tercera.

 

Como no accedimos al expediente descocemos si se ha realizado esta analítica de dichos esteriles.

 

Por eso entendemos que es necesario una caracterización y analítica de los esteriles allí guardados para comprobar que son como se nos dice esteriles de lavadero de carbón y no otros residuos, si no se ha hecho.

 

 

Es por lo que SOLICITA:

 

 

Primera.– Que se dé por presentado este escrito, se tengan por formuladas, en tiempo y forma, las alegaciones que constan en el cuerpo del mismo, con la finalidad de que sean tenidas en cuenta en el procedimiento de referencia y especialmente en la resolución del mismo.

 

Segunda.– Resolviendo la eventual desestimación de todas o alguna de las alegaciones presentadas adecuándose a la obligada motivación prevista en la regulación procedimental que es específica.

 

Tercera.-Es obligatorio que  se nos responda de forma razonadas a las alegaciones presentadas, de acuerdo al artículo 86.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

 

 

     En      Avilés, 9 de febrero de 2016

 

 

 

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha por la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies