Alegaciones dragados ría de Aviles (29/03/17)

Puerto de Avilés

Travesía de la Industria 98

33401       Avilés

 

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, EXPONE:

 

Con motivo del trámite de información publica del estudio de impacto ambiental del proyecto de dragado y mantenimiento de calados del Puerto de Avilés que nos fue remitido por correo certificado el 23-02-2017

 

            EXPONE:

 

Primera. Contexto.

Se contempla un volumen medio de dragado anual de 60.000 m3, y un volumen máximo de dragado de 240.000 m3, en el periodo de 4 años de duración, que se suma a los realizados hace 2 años con el aumento de calado en parte del Puerto.

 

 

Segunda. Toxicidad.

  Resulta cuando menos extraño que habiéndose realizado importantes dragados en diciembre del 2015 , se reconozca que en la zona del canal de la entrada, las muestras arrojen resultados de concentración de metales (Cadmio, Mercurio y Zinc) y PAH´s que superaron el nivel de acción B.

 

Por más que bioensayos en fase sólida fueran negativas las muestras, entendemos que verter estos materiales contaminados abriendo la compuerta la draga, permitiría la dispersión de los materiales contaminados, en una zona donde se llevan años vertiendo materiales contaminados, con lo que se produce un efecto acumulativo en una zona protegida y con playas con miles de usuarios habituales. En cambio aquí estos impactos se minusvaloran.

 

Tercera.  Impacto en los valores naturales.

El dragado previsto y la zona de vertido  va tener efectos notables sobre varios espacios protegidos:

 

–       Monumento Natural de la Charca de Zeluán y Ensenada de Llodero

–       Monumento Natural  Playa del Espartal

–       ZEC Cabo Busto a Luanco (ES1200055)

–       Zepa Cabo Busto a Luanco (ES0000318)

–       ZEPA Espacio marino de Cabo Peñas (ES0000494)

 

Creemos que queda clara la afección negativa continua que supone para los dos primeros citados,  por la perdida continua de arena que sufren  Zeluan y el Espartal sin que se hayan tomado medidas para paliar este grave problema que llevan sufriendo con los dragados del Puerto.

 

Por mas que se atrevan a decir en el estudio que la playa de Salinas, no citan la del Espartal que es la misma “ tiene  una pérdida de arena generalizada del sistema, en un volumen mucho mayor que el volumen de los dragados de mantenimiento anuales que ha llevado a cabo el Puerto de Avilés en estos años, y por tanto, ha de deberse a otros factores actuantes que se escapan al ámbito del presente Estudio”  Es mas que evidente de acuerdo a todas las experiencias que hay es que los dragados de las arenas depositadas en la ría se rellenan fundamentalmente que no exclusivamente con las arenas de las playas mas cercanas, esta es Salinas-El Espartal, así como la poca que queda ya en Zeluan, donde los vecinos se están viendo afectados por inundaciones cada vez con mas frecuencia.

 

Cuarta. Impacto de los vertidos.

Es fundamental escoger un lugar adecuado para el vertido de los materiales dragados, sin que sepamos quién ha comprobado esta supuesta falta de afecciones del lugar propuesto. No se puede justificar mantener el vertido donde se lleva haciendo años sin justificar el porque de la idoneidad de la zona, ni presentando alternativas diferentes para este vertido.

Hay que recordar que ya les reclamamos el pasado año el control de los últimos dragados realizados, al aparecer cada vez con mas frecuencias numerosas piedras en las playas de Gózon, siendo preocupando el caso de Xagón, en cambio aquí estos impactos se minusvaloran.

Previo al dragado, la toma de muestras de sedimentos para su caracterización es sólo superficial, cuando en algunos casos se va a dragar 1,5 m, por lo que se precisa toma de muestras a mayor profundidad.

Deberían caracterizarse los sedimentos en diferentes estratos, no sólo para caracterizar adecuadamente lo que se extrae, sino también lo que se pretende dejar al descubierto para valorar los riesgos de unos y otros en el entorno natural.

 

  Está claro que los dragados generan efectos allí donde son vertidos, por la incorporación al medio acuático de contaminantes (materia orgánica, nutrientes, metales, contaminantes, etc.),  tiene efectos directos sobre el medio pelágico y las comunidades bentónicas que sorprendentemente aquí se minusvaloran.

 

Quinta. Impacto en las playas.

Hay que recordar que ya les reclamamos el pasado año el control de los últimos dragados realizados, al aparecer cada vez con mas frecuencias numerosas piedras en las playas de Gózon, siendo preocupante el caso de Xagón que cada año presenta mas piedras en la zona intermareal.

 

  Por la experiencia que ya se tiene, con años de vertidos de los dragados, puede verse cómo gran parte del material vertido es depositado en los arenales más próximos a las zonas donde están las corrientes dominantes, con un claro impacto, porque la arena que se extrae en la ría y que periódicamente vuelve a entrar proviene de otros arenales que padecen una pérdida continua de arena.

Un grave problema que aquí no se valora y que se puede apreciar en la recurrente pérdida en los sistemas dunares más representativos de la zona del Espartal, en cambio aquí estos impactos se minusvaloran.

 

Sexta. Impacto en la pesca.

En vista del riesgo que supone los vertidos para la pesca y marisqueo de la zona, que es colindante con el caladero del Cabo Peñas muy usado por la flota de bajura y el marisqueo, sin que sepamos del efecto que puede tener para las especies de la zona estos lodos contaminados a medio plazo, una vez se dispersen con el movimiento de las corrientes.

Estos impacto directos e indirectos (disminución de la calidad del agua, disminución de la capa fótica, aumento de metales pesados y sustancias contaminantes, etc.), que creemos no están suficientemente detallados sus efectos por el carácter acumulador que tienen algunos contaminantes habituales en los materiales dragados como mercurio, plomo, cadmio, cobre, zinc, níquel, arsénico.

 

  Séptima.  Programa de vigilancia.

 Durante los dragados se realizaran al menos los siguientes controles que podrán consultarse:

 

– Control de los efectos sobre la calidad de la masa de agua o las zonas sensibles que pudieran existir en el entorno

 

– Calidad de las aguas, preferentemente mediante la monitorización en continuo, en lo referente a la turbidez generada por la operación de dragado y la calidad fisicoquímica.

 

– Se incluirá un control microbiológico en caso de existir zonas de baño, de cultivos marinos o con cualquier figura de protección ambiental próximas a la zona de dragado.

 

– Posibles afecciones a los hábitats o especies protegidas, con especial atención a la deposición sobre los mismos de material particulado.

 

-En el caso de proximidad a caladeros o a zonas de marisqueo, seguimiento de los efectos sobre los recursos pesqueros y marisqueros.

 

– Efectos sobre las infraestructuras (escolleras) próximas a la zona de dragado.

 

 

  Una vez finalizadas las operaciones de colocación o vertido del material dragado se remitirán los siguientes informes, como reclamamos con los realizados el 2015 y no se nos remitio:

 

– Carga contaminante, expresada como concentración media y cantidad total colocada o vertida para cada uno de los contaminantes analizados.

 

– Métodos analíticos utilizados en la caracterización química, con indicación de los límites de cuantificación utilizados para cada contaminante, los posibles ejercicios de intercalibración en los que hubiese participado el laboratorio y, en su caso, los materiales de referencia utilizados por el mismo para el aseguramiento de la calidad de las medidas.

 

 – Descripción de los bioensayos que pudieran haberse realizado y sus resultados.

 

– Resultados del seguimiento ambiental de las actuaciones, tanto durante la ejecución de la obra como los que pudieran realizarse para evaluar su evolución.

 

Es por lo que SOLICITA:

 

 

Primera.– Que se dé por presentado este escrito, se tengan por formuladas, en tiempo y forma las alegaciones que constan en el cuerpo del mismo, con la finalidad de que sean tenidas en cuenta en el procedimiento de referencia y especialmente en la resolución del mismo.

 

Segunda.–  Que se nos informe sin demora de esta solicitud y se fundamente su respuesta,  por si de los hechos aquí denunciados por esta Coordinadora se pudieran ejercitar las acciones legalmente procedentes en orden a la exigencia de  responsabilidades en los términos previstos por el art. 145 de la ley 30/92, de 26 de noviembre. Todo ello sin perjuicio de hacer llegar las quejas a que hubiera lugar ante las instituciones, tanto Autonómicas como Europeas.

 

     En   Avilés, 27 de marzo del 2017

 

 

 

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha por la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies