Alegaciones cribado carbones (17/10/19)

Consejería de Infraestructuras, Medio Ambiente y Cambio Climático.

Dirección General de Prevención y Control Ambiental

Expediente: IA-IA-0291/19

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho.

Con motivo del trámite de consultas ambientales: Almacenamiento, clasificación, cribado y mezclado de carbón en parcela de 46.000 m2 en la trasera de Muelle Marcelino León del Puerto de Gijón publicado en el Bopa del pasado 30 de septiembre del 2019.

EXPONE:

El proyecto desarrolla la ampliación de instalación de almacenamiento, molienda, clasificación, cribado y mezclado de carbón sita en la parte trasera del muelle Marcelino León del Puerto de Gijón en una parcela de 46.000 m2 . La instalación contará con una capacidad total de almacenamiento para 500.000 de Tn, entre carbón en bruto y carbón ya clasificado y segregado.

 

Contexto.

No compartimos ni podemos entender que en la actual situación de emergencia climática en la que nos encontramos se continúe apostando por el consumo de energías fósiles, sobremanera el carbón, máximo responsable de las emisiones de CO2 a la atmósfera.

Tampoco entendemos que en el actual contexto nacional e internacional de progresiva desaparición del carbón sigamos rivalizando porque nuestros puertos acojan este tipo de actividades de futuro más que dudoso.

 

Calidad del aire.

No compartimos la valoración de que la calidad del aire en el entorno de la instalación como buena o alta como se indica el proyecto presentado.

 Por lo que nos preocupa dada la naturaleza de la actuación, que requiere la manipulación de un granel pulverulento, con la consiguiente dispersión por el viento y la manipulación, la dispersión de las partículas y su posterior inmisión en el entorno cercano.

 

Es notable el impacto de la actividad, no parece que las medidas previstas conlleven una notable mejoría del impacto de esta ampliación prevista, al menos se precisarían estas otras medidas:

– Para paliar dispersión del almacenamiento no hay más solución que su cobertura completa en una nave cubierta y con parámetros laterales suficientes que impida el efecto de dispersión del viento.

– Es preciso que zonas de carga y descarga cuente con parámetros laterales de suficiente altura para paliar el efecto del viento, nunca inferior a los 6 metros.

– Es preciso que todas las cintas sean cerradas y capotadas para evitar la dispersión del polvo.

-Los procesos de cribado y clasificación se tienen que realizar en un recinto cerrado y cubierto, que impida la dispersión del polvo.

 

Calidad acústica.

Vemos necesario la instalación en las estaciones de control de la contaminación de un sonómetro que mida en continuo las emisiones de la zona, para tomar las medidas correctoras que reduzcan los elevados niveles que se alcanzan en la zona y de la que llevan décadas quejándose los vecinos.

 

Calidad del agua.

Las aguas de escorrentía y del riego de la zona va cargada de carbón, por lo que es preciso que se dote a la zona de cunetas perimetrales que converjan en dos balsas de decantación diferentes, que permita la recogida de estos lodos y su limpieza para cada balsa de forma independiente.

 

Las cunetas estarán dispuestas junto al cierre perimetral de la parcela y se evacuarán dos balsas de decantación situadas, respectivamente, al norte y sur de la parcela, en las zonas de menor cota donde se ubicarán las citadas balsas de recogida y tratamiento. En la zona norte de la parcela se proyectan las cunetas en función de las pendientes existentes. Con carácter previo a la entrada de las aguas de escorrentía en las balsas, estas serán retenidas en sendas rampas de capacidad y dimensiones suficientes para que se pueda acceder a ellas, con maquinaria adecuada, para el vaciado de fangos, de esta forma se consigue que la cantidad de ellos que entran a las balsas sea menor. Una vez que el agua haya sido decantada y tratado en las balsas, y obtenga las condiciones de calidad necesaria, se reciclará para riego, se proyectan dos conexiones al norte y sur de la parcela.

 

-Impactos acumulativos.

Resulta necesario estudiar la posible acumulación de impactos o los efectos sinérgicos producidos como consecuencia de esta planta y las otras de gráneles del complejo del Musel en la calidad del aire, en un entorno donde viven miles de personas a menos de los 2.000 metros.

 

Aceptación social.

 

Hay que recordar que es perceptivo realizar el trámite de aceptación social del proyecto, que resulta imprescindible de acuerdo con lo establecido en el Convenio sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente, hecho en Aarhus (Dinamarca) el 25 de junio de 1998, y ratificado por España el 15 de diciembre de 2004.

 

Para ello deberán realizarse sondeos en los colectivos de vecinos cercanos. Se recomienda el diseño de un procedimiento que facilite las consultas a los afectados sobre los posibles problemas generados por la instalación proyectada.

 

Por todo ello SOLICITAMOS que se tenga por presentado este escrito y por formuladas las alegaciones que contiene y que se presentan en tiempo y forma, sean estimadas las mismas y se modifique en el sentido argumentado el proyecto sometido a consulta, adecuándose a la obligada motivación prevista en la regulación procedimental que es específica, y teniéndome por parte interesada, nos den traslado de la resolución que recaiga en el presente procedimiento administrativo.

 

OTRO SÍ DICE: Que es preciso una respuesta razonada a estas alegaciones de acuerdo a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Esta falta de respuesta es motivo de nulidad de la tramitación

 

En Avilés a 27 de octubre de 2019

 

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies