Alegaciones a la licencia nave torpedo de Carreño 2022. (09/11/2022)

Fabrica de Arcelormittal en Asturias
Fabrica de Arcelormittal en Asturias. EFE/ Alberto Morante

Ayuntamiento de Carreño
Expediente 5544/2022

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en
la calle Padre Teral no 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico
correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del
Principado de Asturias con el no 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su
representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad
Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho,

EXPONE:
Con motivo del trámite de información pública de la construcción de nave para nuevo sistema
de manipulación de tapas de torpedos en Acería LDA, publicado en el BOPA el pasado 26 de
octubre del 2022,

Primero.
La licencia solicitada por Mittal España, S. A. es para la construcción de una nave para
el nuevo sistema de manipulación de tapas de torpedos en Acería LDA, en Barrio La Granda,
Logrezana, Carreño (Asturias).
Parece que el objetivo de esta nave es evitar la pérdida de temperatura en el tránsito de los
torpedos desde la factoría de Carreño hasta los hornos en Xixón, en las 2 horas que dura este
trayecto.

Segundo.
Esta Coordinadora Ecoloxista viene denunciando desde que entró en funcionamiento la acería
LDA las emisiones difusas de humos y polvo y las explosiones producidas con motivo de la
manipulación de los torpedos y las descargas que se realizan a las cucharas de arrabio de
forma habitual, con numerosos incidentes.

Tercero.
No se explica en el proyecto cómo se van captar las emisiones que se producirán durante la
colocación de las tapas de los torpedos ni cómo se piensan depurar estas emisiones que se
tienen que captar.
Tampoco vemos qué medidas se van a tomar para evitar los ruidos que se generan en este
proceso

Por todo ello SOLICITAMOS que se tenga por presentado este escrito y por formuladas las
alegaciones que contiene, que se presentan en tiempo y forma, que sean estimadas las
mismas y que se modifique en el sentido argumentado el proyecto sometido a consulta,
adecuándose a la obligada motivación prevista en la regulación procedimental que es
específica y, teniéndome por parte interesada, nos den traslado de la resolución que recaiga en
el presente procedimiento administrativo.

OTROSÍ DICE: Que es preciso una respuesta razonada a estas alegaciones de acuerdo a la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. La falta de respuesta es motivo de nulidad de la tramitación.

En Avilés a 9 de noviembre del 2022

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies

Coordinadora Ecoloxista d’Asturies