Consejería de Medio Natural y Cohesión Territorial
Ministerio para la Transición Ecologica y el Reto Demografico
Instituto para la Transicion Justa
La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho,
EXPONE:
Primero.
En abril de 2022 se iniciaron las obras de rehabilitación minera de la mina de carbón a cielo abierto de Tormaleo en el concejo de Ibias en Asturias que ustedes financian de acuerdo al Marco regulatorio principal de estas ayudas es el Real Decreto 341/2021, de 18 de mayo, por el que se regula la concesión directa de ayudas para la restauración ambiental de zonas afectadas por la transición energética en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia correspondiente a proyectos de zonas degradadas a causa de la minería del carbón.
Segundo
Los objetivos principales del proyecto de acuerdo a lo anunciado era:
– la restauración ambiental de terrenos degradados por la actividad minera
– la puesta a disposición de los tres municipios de una extensa superficie para usos alternativos vinculados al turismo, la actividad forestal o proyectos vinculados a las energías renovables
Tercero.
Una vez concluidas las obras no se ven actuaciones que se contemplaban en el proyecto presentado a los vecinos:
-No se restauraron el monte de Fondodevilla.
-No se han restaurado los cauces fluviales originarios
-No se plantaron los castaños, cerezos y nogales comprometidos.
SOLICITAMOS, de acuerdo a lo establecido en los art. 3.1 y concordantes de la Ley 27/2006, de 18 de julio por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE) y demás disposiciones de pertinente aplicación, entre otras, la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas por la que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos:
-Se nos informe de las razones de la no restauración del monte de Fondodevilla.
-Se nos informe de las razones de la no restauración de los cauces fluviales.
-Se nos informe porque se plantaron tan pocos arbóles.
Por la presente también SOLICITAMOS que se nos tenga en cuenta como parte interesada en el asunto y por tanto ser informados de las gestiones que al respecto sean llevadas a cabo y de las conclusiones que de ahí se deriven.
En Avilés a 29 de septiembre del 2026
Fdo. Fructuoso Pontigo Concha en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies