Consejeria de Agroganaderia de Recursos Autóctonos
Servicio de Ordenación Forestal
Expediente: AI 40/2012.
C/Coronel Aranda nº 2
33005 Oviedo
La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies.
Se somete a información pública el acotamiento de 558,39 hectáreas en el monte Villar de Bergame, Loberio y La Viña en Cangas del Narcea, que había sufrido un incendio forestal provocado.
EXPONE:
De acuerdo con lo estipulado por la Ley de Montes estatal, la función social que desempeñan los montes obliga a las Administraciones públicas a velar por su conservación, protección y restauración, siendo el órgano que preside la Consejera de Agroganadería el competente para fijar las medidas encaminadas a la restauración de la cubierta vegetal afectada por los incendios forestales en los montes asturianos, incluyendo, en todo caso y con carácter imperativo, el acotamiento temporal de aquellos aprovechamientos incompatibles con su regeneración y, en particular, el pastoreo.
En el mismo sentido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 66 de la Ley del Principado 3/2004, de Montes y Ordenación Forestal l Principado de Asturias de Montes ordena a la Consejería competente en materia forestal que proceda al acotamiento al pastoreo de los montes incendiados por un plazo mínimo de un año y máximo igual al necesario para la recuperación de las especies afectadas o hasta su restitución a la situación anterior al incendio.