Para REGISTRAR vertedero Pedroso y Deva 4 escritos + foto

Consejería de Movilidad, Medio Ambiente y Gestión de Emergencias

Dirreción General de Medio Ambiente

Servicio de Residuos

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho,

EXPONE:

Nos cuentas vecinos del entorno que se llevan al menos 3 años vertiendo residuos diversos de construcción sobre suelo no urbanizable en las proximidades del cementerio de Deva en Gijón y el Pedroso en Villaviciosa por parte de una empresa local de contenedores, ahora todo esta vertido se esta tapando con residuos ganaderos para esconderlos, pero todavía son visibles.

Hay que recordar que los residuos de construcción se tienen que llevar a un gestor autorizado, lo que no se esta haciendo con la consiguiente contaminación del entorno.

Esta en las siguientes coordenadas

43°29'50.0″N 5°35'28.5″W

SOLICITAMOS:

Que se tenga por presentada esta denuncia, por los hechos contenidos en el presente escrito, y previos los trámites que procedan:

Primero.- Se sirva admitir el presente escrito, ordenando las investigaciones precisas para el esclarecimiento de los hechos denunciados, y la determinación de las responsabilidades a que hubiere lugar.

Segundo.- Que se ordene incoar el correspondiente procedimiento sancionador, y que en la resolución que recaiga en el mismo, además de las sanciones que procedan, se imponga al infractor la obligación de reparar el daño causado, y subsidiariamente, que indemnice los daños y perjuicios que no puedan ser reparados, imponiéndose al infractor las multas coercitivas necesarias para cumplir lo ordenado, en caso de no realizar voluntariamente la reparación o indemnización impuestas.

Tercero.- Que se tomen medidas preventivas o cautelares, para asegurar la eficacia de la resolución final que pudiera recaer.

Cuarto.- Que en base a los artículos 4.1.c y 4.2 de la Ley 39/2015, y artículo 24.1 de la Constitución Española, al ser esta asociación titular de intereses legítimos colectivos en materia de medio ambiente, comparecemos en el presente procedimiento, solicitando expresamente que se nos tenga por parte interesada en el mismo, se nos permita formular alegaciones, proponer prueba, y se nos notifiquen cuantas actuaciones y resoluciones se emitan en el mismo. Expresamente se declara que esta asociación cumple los requisitos para ser considerada parte interesada en el presente procedimiento, al cumplir los requisitos del artículo 23 de la Ley 27/2006, al tratarse de una persona jurídica sin ánimo de lucro que tiene en los fines de sus estatutos la protección del medio ambiente en general o alguno de sus elementos en particular, está constituida legalmente hace más de dos años y viene ejerciendo de modo activo las actividades necesarias para alcanzar los fines previstos en sus estatutos, desarrollando estatutariamente su actividad en el ámbito territorial afectado por esta actuación administrativa.

En Avilés a 5 de octubre del 2026

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies


Ayuntamiento de Gijón

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho,

EXPONE:

Nos cuentas vecinos del entorno que se llevan al menos 3 años vertiendo residuos diversos de construcción sobre suelo no urbanizable en las proximidades del cementerio de Deva por parte de una empresa local de contenedores, ahora todo esta vertido se esta tapando con residuos ganaderos para esconderlos, pero todavía son visibles.

Hay que recordar que los residuos de construcción se tienen que llevar a un gestor autorizado, lo que no se esta haciendo con la consiguiente contaminación del entorno.

Esta en las siguientes coordenadas

43°29'50.0″N 5°35'28.5″W

SOLICITAMOS:

Que se tenga por presentada esta denuncia, por los hechos contenidos en el presente escrito, y previos los trámites que procedan:

Primero.- Se sirva admitir el presente escrito, ordenando las investigaciones precisas para el esclarecimiento de los hechos denunciados, y la determinación de las responsabilidades a que hubiere lugar.

Segundo.- Que se ordene incoar el correspondiente procedimiento sancionador, y que en la resolución que recaiga en el mismo, además de las sanciones que procedan, se imponga al infractor la obligación de reparar el daño causado, y subsidiariamente, que indemnice los daños y perjuicios que no puedan ser reparados, imponiéndose al infractor las multas coercitivas necesarias para cumplir lo ordenado, en caso de no realizar voluntariamente la reparación o indemnización impuestas.

Tercero.- Que se tomen medidas preventivas o cautelares, para asegurar la eficacia de la resolución final que pudiera recaer.

Cuarto.- Que en base a los artículos 4.1.c y 4.2 de la Ley 39/2015, y artículo 24.1 de la Constitución Española, al ser esta asociación titular de intereses legítimos colectivos en materia de medio ambiente, comparecemos en el presente procedimiento, solicitando expresamente que se nos tenga por parte interesada en el mismo, se nos permita formular alegaciones, proponer prueba, y se nos notifiquen cuantas actuaciones y resoluciones se emitan en el mismo. Expresamente se declara que esta asociación cumple los requisitos para ser considerada parte interesada en el presente procedimiento, al cumplir los requisitos del artículo 23 de la Ley 27/2006, al tratarse de una persona jurídica sin ánimo de lucro que tiene en los fines de sus estatutos la protección del medio ambiente en general o alguno de sus elementos en particular, está constituida legalmente hace más de dos años y viene ejerciendo de modo activo las actividades necesarias para alcanzar los fines previstos en sus estatutos, desarrollando estatutariamente su actividad en el ámbito territorial afectado por esta actuación administrativa.

En Avilés a 5 de octubre del 2026

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies


Ayuntamiento de Villaviciosa

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho,

EXPONE:

Nos cuentas vecinos del entorno que se llevan al menos 3 años vertiendo residuos diversos de construcción sobre suelo no urbanizable en las proximidades de la localidad de Pedroso por parte de una empresa local de contenedores, ahora todo esta vertido se esta tapando con residuos ganaderos para esconderlos, pero todavía son visibles.

Hay que recordar que los residuos de construcción se tienen que llevar a un gestor autorizado, lo que no se esta haciendo con la consiguiente contaminación del entorno.

Esta en las siguientes coordenadas

43°29'50.0″N 5°35'28.5″W

SOLICITAMOS:

Que se tenga por presentada esta denuncia, por los hechos contenidos en el presente escrito, y previos los trámites que procedan:

Primero.- Se sirva admitir el presente escrito, ordenando las investigaciones precisas para el esclarecimiento de los hechos denunciados, y la determinación de las responsabilidades a que hubiere lugar.

Segundo.- Que se ordene incoar el correspondiente procedimiento sancionador, y que en la resolución que recaiga en el mismo, además de las sanciones que procedan, se imponga al infractor la obligación de reparar el daño causado, y subsidiariamente, que indemnice los daños y perjuicios que no puedan ser reparados, imponiéndose al infractor las multas coercitivas necesarias para cumplir lo ordenado, en caso de no realizar voluntariamente la reparación o indemnización impuestas.

Tercero.- Que se tomen medidas preventivas o cautelares, para asegurar la eficacia de la resolución final que pudiera recaer.

Cuarto.- Que en base a los artículos 4.1.c y 4.2 de la Ley 39/2015, y artículo 24.1 de la Constitución Española, al ser esta asociación titular de intereses legítimos colectivos en materia de medio ambiente, comparecemos en el presente procedimiento, solicitando expresamente que se nos tenga por parte interesada en el mismo, se nos permita formular alegaciones, proponer prueba, y se nos notifiquen cuantas actuaciones y resoluciones se emitan en el mismo. Expresamente se declara que esta asociación cumple los requisitos para ser considerada parte interesada en el presente procedimiento, al cumplir los requisitos del artículo 23 de la Ley 27/2006, al tratarse de una persona jurídica sin ánimo de lucro que tiene en los fines de sus estatutos la protección del medio ambiente en general o alguno de sus elementos en particular, está constituida legalmente hace más de dos años y viene ejerciendo de modo activo las actividades necesarias para alcanzar los fines previstos en sus estatutos, desarrollando estatutariamente su actividad en el ámbito territorial afectado por esta actuación administrativa.

En Avilés a 3 de octubre del 2026

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies


Fiscalía de Medio Ambiente.

Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias

C/ Comandante Caballero nº 3-6º Planta

33005 Oviedo

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones en la calle Padre Teral nº 26 –Q de Villalegre en Avilés y con el e-mail correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N en calidad de presidente , ante la Fiscalía del Tribunal de Justicia comparezco y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:

Que a medio de este escrito formulo DENUNCIA por la existencia de vertederos incontrolado que lleva al menos 3 años según nos cuentan los vecinos por parte de una empresa de contenedores, vertedero con toda clase de residuos en las proximidades del cementerio de Deva en Gijón y el Pedroso en Villaviciosa, ahora todo esta vertido se esta tapando con residuos ganaderos para esconderlos, pero todavía son visibles.

Esta en las siguientes coordenadas, se adjunta foto de la zona del vertido afectada.

43°29'50.0″N 5°35'28.5″W

Se puede comprobar el correspondiente riesgo de incendio ademas del riesgo ambiental, está en una zona donde hay masa forestal por lo que hay alto índice de riesgo de incendios por los materiales vertidos.

La conducta que provoca el vertido denunciado infringe lo dispuesto en el Decreto 3769/1972, por el que se aprueba el Reglamento de Incendios Forestales, y lo dispuesto en la Ley de Residuos.

La gestión de los residuos es una competencia municipal, por lo que resulta evidente que el Ayuntamiento no ha procedido al control del referido vertido que debe ser reiterado, ni realizando la obligada retirada de los residuos y derivación de los mismos a un gestor autorizado, lo que podría dar lugar a responsabilidades penales por omisión del deber de evitar el delito de incendio forestal.

Si precisan fotos de los hechos denunciados o una ubicación mas detallada, no dejen de avisarnos

Y por lo expuesto, SUPLICO a la Fiscalía que tenga por presentado este escrito y por formulada denuncia por el hecho relatado si fuera constitutivo de delito frente a quien resulte ser el responsable del mismo, decretando la apertura de Diligencias de Investigación y comunicando el desarrollo de esta denuncia.

En Avilés, a 5 de octubre del 2026

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha en nombre de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies