Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales
Dirección General de Recursos Naturales
C/ Coronel Aranda nº 2
33005 Oviedo
La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 –Q de Villalegre en Avilés 33403, Asturias, España y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 34 sección segunda con Cif: G-33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N en calidad de presidente, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, EXPONE:
Primero.- Hemos tenido conocimiento de que desde el mes de mayo se están matando hembras de rebeco en varios concejos asturianos.
En el concejo de Lena en Portiecha
En el concejo de Teverga, en San Juan, el Paramo y San Salvador
Segundo.- En la Orden General de Vedas publicado en el Bopa del 25 de febrero del 2016 se establece como apertura de la veda de esta especie, "el primer día hábil del mes de Agosto de 2.016" y para mayor abundamiento, en estos meses es cuando se producen los partos por lo que sorprende que se autorice en época de cría el que se maten hembras como permiso de trofeo.
Tercero.- Incumple la ley 2/1989 de Caza publicado en el Bopa del 17/06/1989 en cuanto indica en el artículo 23;
Queda prohibido con carácter general el ejercicio de la caza durante la época de celo, reproducción y crianza, así como durante su trayecto hacia los lugares de cría en el caso de las aves migratorias.
Cuarto.-Tiene previsto para julio cacerías de hembras de rebeco en los siguientes concejos:
En el concejo de Caso en Tiatordos, Pigueña
En el concejo de Somiedo en el Valle, Saliencia, la Peral, el Cornón, Pigueña, Aguino Norte y Aguino Sur.
Por todo ello,
SOLICITO que se tenga por interpuesta la presente DENUNCIA y se incoe el correspondiente expediente sancionador tras la averiguación de los hechos denunciados a los responsables, dando vista del expediente informativo a la denunciante y comunicando la incoación del referido expediente sancionador así como el eventual archivo de las actuaciones, y en virtud del contenido fáctico de la misma.
OTROSÍ DIGO: Que sobre la base de lo dispuesto en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regula los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, y con motivo de la denuncia interpuesta, SOLICITO la siguiente información ambiental:
-Se nos informe el porqué se autoriza la caza de hembras en época de crias, incumpliendo la Orden General de Vedas.
-Se paralice las cacerías previstas para julio
-Se nos informe de los responsables de haber permitido estas irregularidades.
Y por lo expuesto,
SOLICITO que se conteste a la información requerida en el término legalmente establecido de un mes, según lo dispuesto en el artículo 10.2 c) de la Ley 27/2006 referida, para cuyo silencio establece el efecto positivo el Decreto 67/2002, de 16 de mayo, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración del Principado de Asturias, teniéndome por interesado en el que se inicia a medio de la presente solicitud
Por la presente también queremos que se nos tenga en cuenta como parte interesada en el asunto, y por tanto ser informados de las gestiones que al respecto sean llevadas a cabo y las conclusiones y resolución del expediente sancionador que se pueda abrir al efecto.
En Avilés a 30 de junio de 2016
Fdo. Fructuoso Pontigo Concha de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies