Estudio de Impacto Ambiental de ejecución de línea eléctrica a 400 Kv de Soto Ribera a Penagos

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies , que ante el trámite de información del Estudio de Impacto Ambiental  de ejecución de línea eléctrica a 400 Kv de Soto Ribera  a Penagos variante de Piloña publicado en el BOE del pasado 21-8-08.

Expone:

Que esta Coordinadora Ecoloxista ya  presentó alegaciones al proyecto original y las posteriores modificaciones  presentadas por Red Eléctrica de España, por considerar la línea innecesaria y de fuerte impacto en su trazado.

Delegación de Gobierno de Asturias

Área de Industria y Energía

Plaza de España s/n

Oviedo – 33001

 

Asturias, 6-10-08

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies , que ante el trámite de información del Estudio de Impacto Ambiental  de ejecución de línea eléctrica a 400 Kv de Soto Ribera  a Penagos variante de Piloña publicado en el BOE del pasado 21-8-08.

Expone:

 

Que esta Coordinadora Ecoloxista ya  presentó alegaciones al proyecto original y las posteriores  modificaciones  presentadas por Red Eléctrica de España, por considerar la línea innecesaria y de fuerte impacto en su trazado.

 

– Creemos que el proceso esta viciado en cuanto que cuanto el estudio de impacto ambiental no presenta alternativas viables ambientalmente y se decanta por un trazado, sin estar aprobado administrativamente, anulando el sentido del trámite de la Declaración de Impacto Ambiental.

 

 

-Un estudio de impacto ambiental minimamente coherente debe tener en cuenta el impacto que tendrá el conjunto del proyecto, no puede considerar únicamente sus partes por separado como se hace con esta variante. La línea Soto-Penagos será una unidad en su conjunto, por lo que no pueden aprobarse estudios que tengan en cuenta únicamente el impacto que tendrán algunos de sus tramos, desagregados del resto del tendido. Es obvio que el impacto de una parte no es lo mismo que el impacto que tiene el total o la suma de las distintas partes.

 

-El estudio de impacto no puede tener en consideración únicamente el que tendrá la línea proyectada, aisladamente del impacto acumulado con el resto de líneas existentes. En la propia resolución impugnada se habla de la existencia de otras dos líneas paralelas de menor voltaje, pero en el EIA no se tienen en cuenta los efectos ambientales acumulados de todos ellos, sino sólo el de esta línea, lo que falsea el alcance del impacto real del tendido proyectado.

 

– Se intenta justificar la línea para el buen funcionamiento eléctrico del Norte de España, y para integrar el mercado cántabro en la red nacional de transporte, así como dotar a ambas comunidades de un nivel de infraestructura  eléctrica para corregir “diferencias de equipamiento” con otras comunidades. Asturias tiene en la actualidad 7 líneas de alta tensión de intercomunicación con otras regiones, 4 de ellas son con Cantabria (2 líneas de 220 y 2 de 125 KV), con lo cual tenemos suficiente intercomunicación con esta región para exportar la energía sobrante que producimos. Hemos llegado a producir casi el triple de la que consumimos sin tener problemas de saturación alguno en las líneas interregionales tal como reconoce Red Eléctrica en sus memorias año a año, con lo cual Asturias es evidente que no tiene problema alguno de intercomunicación.

 

– Asturias produce del orden de 22.00 Mw/h de media anual y tenemos un consumo de 9.000 Mw/h. con lo cual resulta evidente que somos una región exportadora, en todos estos año no hemos  tenido ningún incidente o incapacidad de exportación con las líneas  operativas existentes tal como reconoce Red Eléctrica, que indica que tenemos un nivel de escasa saturación en ellas. Por eso carece de toda lógica que se pretenda una nueva línea con sus correspondientes impactos (paisajísticos, aumento del riesgo de incendio, ocupación suelo, sanitarios) en una zona donde ya existen otras líneas en sus proximidades, en un región como Asturias que cada año esta disminuyendo su producción energética  eléctrica tal como se puede ver por la evolución de los últimos años.

 

– Carece de sentido también las nuevas líneas, si tal como ha indicado recientemente el Ministerio de Energía los nuevos centros de producción eléctrica se tienen que poner en las regiones que son importadoras de energía eléctrica, con lo cual Asturias no tiene futuro de aumentar su capacidad de producción de acuerdo a este criterio estatal, que evitaría las pérdidas que se producen en el  transporte de energía entre regiones.

 

– Resulta sorprendente que una de las razones de una tercera línea en el pasillo que forma con las otras dos existentes de 220 Kv entre Siero y Puente de San Miguel, sea la seguridad del servicio, en cambio en la variante propuesta hay dos circuitos que se juntan en varios apoyos, lo que supone un nuevo contrasentido a esta variante  y otra medida que va contra la seguridad de la línea es el recrecido de los apoyos, propuesta que la hace mas vulnerable a siniestros que podrían suceder que inutilizarían dos líneas en caso de producirse, lo que es un contrasentido con la mayor de las justificaciones  que son estos posibles los que imponen una nueva línea.

 

– El estudio medioambiental presentado es manifiestamente insuficiente ya que no recoge multitud de datos relevantes, presenta notables deficiencias  en cuanto a la valoración del impacto, teniendo en cuenta que afecta este tramo a varios Espacios Naturales;  Paisaje Protegido del Sueve, Reserva Natural de la Cueva del  Sidron,  Lic del Rió Sella el tramo del rió Piloña. No se cita el impacto que va tener sobre el bosque autóctono  del Pando en  Borines donde destaca la presencia de una especie protegida como es acebo que es catalogada de interés especial que tiene un Plan de Manejo (Ilex aquifolium) en el Principado de Asturias (BOPA núm. 14, de 18 de enero de 2002).

 

 

– No se recoge tampoco el impacto sobre el medio humano de los  campos magnéticos y de los eléctricos a pesar de la elevadísima tensión que van a tener los colindantes, se menosprecia ese riesgo con la disculpa que no se ha constatado que exista correlación directa  de la que puedan derivarse afecciones provocadas por los campos electromagnéticos. No es ocioso recordar la afección a la salud de los campos electromagnéticos, calificados por la OMS, siempre muy prudente, como posiblemente cancerígenos en relación con la leucemia infantil. No podemos olvidar que la variante va significar apoyos que van a llevar 620 V en dos líneas de 400 y 220 KV cerca de algunos  pueblos.

 

Red Eléctrica viene negando este impacto, lo que resulta muy sorprendente viendo la importante controversia científica que hay. Aunque es indudable que ejercen efectos biológicos, el papel de las radiaciones no ionizantes como agentes cancerígenos es polémico. Se piensa que, en todo caso, actuarían como promotores tumorales, con escaso o nulo poder inicial para convertir genes normales en oncogenes. En muchos trabajos se ha determinado un mayor riesgo relativo de leucemias, tumores cerebrales y otros cánceres en sujetos que residen en las proximidades de las líneas de alta tensión y entre distintas poblaciones expuestas profesionalmente. La sospecha de asociación más firme se ha establecido con las leucemias infantiles.

La legislación vigente sobre electro polución no protege adecuadamente la salud de los ciudadanos, prueba de ellos es que la legislación esta  obsoleta.

Afirmar que vivir cerca de una línea de Alta Tensión no significa ningún riesgo para la salud y a continuación aconsejar no exponerse a los campos electromagnéticos (CEM), es falso y contradictorio. La contaminación electromagnética en los límites en que se padece en España sería ilegal y totalmente inadmisible en países como Suiza.

 

La legislación española sobre riesgo eléctrico sigue la Norma UNE-ENV 50166-1, que tolera unos límites de exposición enormes, hasta 100 µT para público en general y hasta 500 µT para trabajadores, una norma basada en los estándares del Consejo de la Unión Europea (IRPA-CENELEC), niveles de referencia que no son aceptados por países modernos como Suecia, Suiza e Italia. Sin embargo, esta norma nos sería de aplicación en este caso ya que sólo contempla  efectos a corto plazo, cuando lo que se ha de considerar es obviamente la exposición a largo plazo, laboral o residencial, de la población.  

 

Por otro lado la investigación oficial basada en modelos teóricos obsoletos, considera únicamente el "efecto térmico", y sin embargo múltiples investigadores en Bioelectromagnetismo encuentran "efectos no térmicos" (carcinogénesis, alteración ADN, efectos teratógenos, etc.), con dosis mil veces menores que las legales en España.

 

Los expertos en bioelectromagnetismo sitúan el nivel de riesgo biológico, para exposición permanente, en 200-300 nanoteslas (2-3 miligauss), de campo magnético de baja frecuencia (50 Hz). En 1992, el estudio del Instituto Karolinska, de Estocolmo, encuentra riesgo significativo con exposiciones de 300-400 nT (3-4 mG), en un estudio a largo plazo sobre 500.000 personas que viven cerca de líneas de Alta Tensión.

 

Diversos países siguiendo el modelo sueco, aplican el principio de precaución y señalan el límite máximo de 2,5 mG (0,25 µT), para exposición permanente de las personas al campo electromagnético, dado que a partir de este nivel las investigaciones en Física Médica observan potenciales efectos neurológicos, inmunitarios, y cancerígenos a largo plazo, un nivel por otra parte que se reduce cada año, en tanto progresa la investigación en Bioelectromagnetismo.

 

Este es el nivel de referencia adoptado por la norma SWEDAC que regula la exposición a 50 cm de una pantalla de visualización. Según diversos estudios científicos (H. Ramón y Cajal) a partir de 0,1 microTeslas (µT) ya existe riesgo biológico, especialmente para los fetos, con potenciales efectos teratógenos (abortivos). Como se ha publicado desde 1992 (Feychiting et Ahlbom), la exposición a un campo magnético de 3 mG (0,3 µT), puede incrementar el riesgo de patologías degenerativas (leucemia infantil y cáncer de cerebro), más del 250%, y a partir de 3 mG (0,3 µT) el riesgo aumenta más del 450%.

 

Hoy por hoy no se aplican distancias de seguridad, por eso hay que tener en cuenta informes como el Karolinska, que consideran que el pasillo de seguridad de una línea de Alta Tensión debe ser, al menos, de un metro por cada KV, o sea que con un tendido eléctrico de 110 KV, deberá excluirse la presencia humana en una franja de 110 m a cada lado de la línea de Alta Tensión, y en una de 440 kV, será de 440 m a ambos lados del eje.

 

La creación de pasillos de seguridad para las líneas eléctricas ha sido reclamada por el Defensor del Pueblo y es norma de la Fiscalía de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid. Esta enorme franja de terreno deberá expropiarse, y acotarse con vallado, lo que implica un importante desembolso económico para las compañías eléctricas, que ahora se limitan a comprar o arrendar el cuadradito de 8×8 m donde se asienta cada torre eléctrica.

 

 

– Sorprende el que no se tenga en cuenta las afecciones a colindantes, de acuerdo al principio de precaución acordado por el Ayuntamiento de Siero para la variante de su municipio de la misma línea Soto Ribera a Penagos  se reconoce dos hechos fundamentales que citamos en los puntos B y C. Nos parece importante aunque insuficientes las distancias entre las líneas y las viviendas que nunca tendrían que ser menores para viviendas de 620 metros (los mismos metros que miles de voltios tiene la variante) de acuerdo al principio de precaución que numerosos científicos proponen.

 

Punto B- Exigir la expropiación (o compensación negociada e indemnizacion) a los propietarios de viviendas ubicas a menos de 100 metros de cualquier punto del trazado y sus variantes.

 

Punto C- Exigir la compensación e indemnizacion a los propietarios de fincas incluidas dentro de la calificación de Núcleo rural que pudieran encontrarse a lo largo de todo el trazado y sus variantes, por el demérito que les supondría la línea, en la misma franja de 100 metros

 

 

La falta de rigor del estudio que se presenta tiene puntos destacables, además de los comentados anteriormente:

 

– Se dice que hay aceptación social por parte de los afectados, por que hay acuerdos económicos con los propietarios. Es una nueva falsedad del documento que  elude recoger la decidida oposición vecinal al proyecto de línea en su conjunto y de sus diferentes variantes. Ha habido una movilización masiva y unánime de todos los vecinos afectados por los tendidos eléctricos, movilización prolongada en el tiempo desde que se conoció el proyecto hasta el presente.

 

– Se dice que no hay impacto en la producción de ozono en este tramo, que cuantifica (0,5-5 gr. por cada Kw/h). No deja de ser sorprendente ese cálculo cuando los científicos reconocen aumentos de 10 veces los valores habituales de ozono y otros contaminantes en la proximidad de las líneas de alta como esta. El "efecto corona" descargan electrones al aire circundante desde el cable conductor, que activa químicamente las moléculas de aire con lo cual se producen nuevos compuestos, como el  ozono y los óxidos de nitrógeno. Ambos elementos son culpables de afecciones respiratorias por su carácter irritante con efectos sobre las personas,  los animales y la flora. No podemos olvidar que en Asturias se superan los umbrales de óxidos de nitrógeno para la vegetación en toda la región y en muchas el valor límite para la salud según los datos de las estaciones de medida distribuidas en 20 lugares.

 

 

– Se dice que la afección a la calidad de vida va ser Positivo, por la mejora supraregionales y mejora del suministro a la población. Como argumentos resultan ridículos si recordamos que la línea no abastece para nada a las poblaciones por las que pasa, que van a seguir teniendo su propio suministro de la red de media tensión. Lo único que genera la línea para los colindantes es impacto paisajístico claro, un probable impacto en su salud y una depreciación evidente de su patrimonio mobiliario como reconocen numerosa jurisprudencia que dice  cuando por alguna iniciativa pública o privada de interés general los bienes de particulares se ven perjudicados por proximidad de estas instalaciones, en concreto sus propiedades experimentan una pérdida de valor, éstos tienen derecho a que se les indemnice esa pérdida de valor desde el momento en que se produce, sin necesidad de que pongan la finca a la venta.

 

– Los afectados por la proximidad de la línea nos han traslado su preocupación por el impacto que va suponer de frenazo e impedimento sobre los proyectos de desarrollo de iniciativas de turismo rural de la zona, así como otras iniciativas educativas y culturales como la prevista en  La Cazporra en Bargaedo como la "Escuela Bárdica" que en caso de instalación de la línea no se llevarían.

 

Con lo que resulta evidente que el documento presentado por Red Eléctrica presenta importantes deficiencias y una falta de rigor a la hora de abordar los impactos de esta variante.

 

SOLICITA

 

– Se saque a información pública el estudio de impacto ambiental de la totalidad del trazado y no solo las variantes, con un estudio riguroso no como el que se presenta que carece del mas mínimo rigor.

 

– Se tengan en cuentas las alegaciones presentadas y no se apruebe ninguna de  las variantes de la línea  prevista, en vista del elevado  impacto que va generar en cualquiera de sus emplazamientos.

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha por la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies