Sugerencias Acceso al Musel (26/02/16)

Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

Secretaría de Estado de Medio Ambiente

Expediente:  SGEA/ASGM/evm/20150164

Plaza de San Juan de la Cruz s/n

28071  Madrid

 

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones en la calle Padre Teral nº 26 –Q de Villalegre en Avilés, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 34 sección segunda, con CIF G-33247891, y en su representación Fructuoso Pontigo Concha con DNI 11393200N en calidad de presidente.

 

Con motivo del trámite de consultas previas para la evaluación ambiental del “acceso al Puerto del Musel en el enlace de la Peñona por el vial de Jove en el concejo de Gijón” del que nos han consultado  la necesidad del estudio de impacto ambiental mediante carta certificada el  27 de enero del 2016.

 

EXPONE:

 Aunque entendemos la obra como imprescindible para evitar la actual circulación de camiones con carga general y con mercancías peligrosas que sufren los vecinos de la Calzada y el Natahoyo, deseamos que cuando se haga se realice con el menor impacto ambiental para hipotecar a los vecinos de este nuevo vial, que no se posponga mas porque ya lleva muchos años anunciada pero de no pasa de la fase de proyecto.

Por eso no vemos la necesidad que se someta a un nuevo estudio de impacto ambiental que alargaría mas las obras, pero si vemos necesario solverntar algunos problemas ambientales que no vemos resueltos.

Marco Legal

Hay que recorda que esta obra ya tuvo un tramite consultas ambientales con respecto al Estudio Informativo de Acceso al puerto El Musel, el cual ya fue sometido a evaluación de impacto ambiental habiéndose publicado su declaración de impacto ambiental mediante Resolución de 5 de febrero de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, en el BOE de 15 de marzo de 2007 que prescribió en el año 2012

Tuva una segunda fase de consultas  y una Resolución de 10 de agosto de 2009, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto Modificación del acceso al puerto de El Musel por el Vial de Jove, por la  prolongación de 450 m mediante falso túnel,  que fue publicada en el BOE del 19 de septiembre del 2009

No entendemos como se puede tardar otros 9 años para volver a someter este proyecto a consultas ambientales por una nueva reforma del proyecto.

Impacto en el entorno.

 

Estamos hablando de una zona muy contaminada por la contaminación del aire de las actividades industriales no queda claro el impacto que pueda tener los puntos de evacuación del aire de ventilación de  los tuneles del vial sobre los vecinos que ya sufren niveles elevados de contaminación del aire, que medidas se van a tomar para reducir la contaminación que evacuen.

 

No queda claro que se va hacer con el agua que se bombe en el trazado en vista de la cota que hay, no se concreta a donde se va llevar para su depuración, teniendo en cuenta que pueda estar contaminada.

 

No queda claro que impacto pueda tener en la zonas las rotondas previstas en superficie en cuanto a contaminación acústica y de impacto visual.

 

-Reclamamos medidas para reducir  el impacto que van a tener los puntos de evacuación del aire de ventilación de  los tuneles del vial sobre los vecinos que ya sufren niveles elevados de contaminación del aire.

 

-Reclamamos medidas de depuración de las  aguas que se generen en el vial por su posible contaminación.

 

-Reclamamos reducir el impacto que van a tener las rotondas previstas en superficie en cuanto a contaminación acústica y de impacto visual.

 

 Impacto a la población.

 

La distancia es fundamental en cuanto incide sobre la problemática acústica generada por la proximidad a los viales en las zonas que la circulación quede en superfice, o se haga sobre zonas de dilatación del vial, por lo que insistimos que en vista del importante volumen de camiones que se van a dar se tomen las medidas para minimizar el impacto acústico en el pavimento usando pavimentos fonoabsorbentes y en los laterales en superficie se utilize pantallas acústicas  que sean integradores del paisaje.

 

No queda claro las condiciones de seguridad del túnel en función de los tráficos previsibles de mercancías peligrosas que son habituales en el Musel, no queda claro el impacto que pueda tener para los colindantes al ser un túnel o semitunel el trazado y cualquier accidente puede ser catastrofico.

 

-Reclamamos que se tomen medidas para reducir  la contaminación acústica generada por la proximidad a los viales en las zonas que la circulación quede en superfice, o se haga sobre zonas de dilatación del vial, usando pavimentos fonoabsorbentes y en los laterales en superficie se utilize pantallas acústicas  que sean integradores del paisaje.

 

-Reclamamos estremar las condiciones de seguridad del túnel en función de los tráficos previsibles de mercancías peligrosas que son habituales en el Musel, que cualquier accidente puede ser catastrófico mas si se produce en los tuneles o semituneles.

 

Recuperación paisajista

 

Nos parece un error que se posponga el proyecto del bulevar anunciado encima de los tuneles, prorque si el vial lleva 10 años de tramitación y esperamos a que se haga, pase el mismo tiempo para el bulevar nos ponemos en otros 20 años sin resolver la recuperación de la zona.

 

No vemos que se concrete como se va recuperar el entorno de la obra paisajísticamente.

 

-Reclamamos que no posponga el proyecto del bulevar anunciado encima de los tuneles, prorque si el vial lleva 10 años de tramitación y esperamos a que se haga, pase el mismo tiempo para el bulevar nos ponemos en otros 20 años sin resolver la recuperación de la zona.

 

-Reclamamos que  se concrete como se va recuperar el entorno de la obra paisajísticamente, no queda para nada claro la recuperación del paisaje dañado.

 

 

Por todo ello se SOLICITA:

 

Primera.– Que se dé por presentado este escrito, se tengan por formuladas, en tiempo y forma, las sugerencias que constan en el cuerpo del mismo, con la finalidad de que sean tenidas en cuenta en el procedimiento de referencia y especialmente en la resolución del mismo.

 

Segunda.– Que se nos informe del desarrollo de este proyecto, se nos traslade la resolución de este expediente en tiempo y forma para esta Coordinadora pudiera ejercitar las acciones legalmente procedentes en orden a la exigencia de  responsabilidades en los términos previstos por el art. 145 de la ley 30/92, de 26 de noviembre. Todo ello sin perjuicio de levar las Quejas a que hubiera lugar ante las instituciones, tanto Autonómicas como Europeas.

 

     En      Avilés, 29 de febrero de 2016

 

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha por la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies