Solicitud playa Cuevas del Mar (16/06/17)

Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales

Dirección General de Recursos Naturales

C/ Trece Rosas nº 2

33005      Oviedo

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, EXPONE:

Primera.- Tenemos conocimiento que el Ayuntamiento de Llanes pretende convertir los pedreros en playas de arena para la campaña estival y aumentar la zona con arena seca de las playas. Destacando el empeño del  Ayuntamiento de Llanes en tapar las piedras de las playas, Espacios de Biodiversidad Marina,  con entornos catalogados como Naturales, seminaturales, o urbanos este año de nuevo mover arena en la playa de Cuevas del Mar.

En Cuevas del Mar, además, se abren varios caminos con movimientos de arenas, piedras y retirada de Vegetación (Sistema Dunar en formación).

Desde siempre los temporales se llevan arena, la traen, sacan piedras, este fenómeno cada vez es claro,  este incremento de las fuerzas de los temporales que ya no son ni cíclicos no se sabe hasta dónde van llegar, si tiene claro que el cambio climático aumenta el nivel del mar y este afecta a disminuir la superficie seca de las playas. Es evidente que si queremos conservar  lo que tenemos debemos modificar lo menos posible las playas y sus entorno, entorno que se va transformando por efecto de las acciones naturales del mar y los ríos, para así avanzar sus playas hacia tierra, si no encuentra obstáculos artificiales.

Pues este año el Ayuntamiento una vez más  con la complicidad dela Demarcación de Costas se han empeñado en cambiar la realidad de las playas y tapar sus piedras, así lo han hecho al menos con la de Cuevas del Mar y la Guelga que sepamos.

Trabajos  que  consistieron  en retirada de arenas de la zona Intermareal de varias playas para su depósito  sobre las zonas de pedrero con vegetación herbácea, de vegetación anual sobre deshechos marinos acumulados, de dunas costeras, de  llanos fangosos y arenosos que no están cubiertos de agua con marea baja,  con el impacto que supone para esa flora singular.

Segunda.-  Estamos hablando de una zona de alto valor natural, donde se está trabajando en la zona fluviomareal del Estuario del rio Ereba y la playa de Cuevas del Mar, de acuerdo en el Decreto 165/2014, de 29 de diciembre, por el que se declara la Zona Especial de Conservación Ría de Ribadesella-Ría de Tinamayor (ES0000319) y se aprueba el I Instrumento de Gestión Integrado de diversos espacios protegidos en el tramo costero entre Ribadesella y Tinamayor.

Tercera.-Con estos trabajos de acondicionamiento se cambia la Configuración de la playa en cuanto a Perfiles del arenal, puesto que la arena extraída de la zona intermareal y depositada sobre el pedrero, sistemas dunares y ribera próxima al rio, modifica sustancialmente la cota de la zona intermareal y la del resto de espacios mencionados, con posible modificación de la dinámica fluviomareal, y  la configuración orográfica  de la playa y Estuario o bocal  del rio Ereba , en cuanto a su conformación natural con  materiales depositados en la misma  por la acción de las mareas y riadas, con  afección, o  no conservación de especies vegetales, ya mencionadas , al  ser cubiertas con arenas, para uso de bañistas, con la consiguiente degradación de esa vegetación.

Cuarta.- Los movimientos de arena en estas playas vulneran los principios de conservación y biodiversidad, conlleva el incumplimiento de numerosas medidas de prevención de espacios marinos singulares y no atiende las obligaciones de la actual normativa que dice que dice;

  Se evitará la realización de cualquier actividad que conlleve la modificación de la dinámica fluviomareal de los estuarios, siempre y cuando la misma no se lleve a cabo en el marco de labores de conservación de la biodiversidad.

  SOLICITAMOS, sobre la base de lo dispuesto en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regula los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, y con motivo de la denuncia interpuesta, la siguiente información ambiental:

            -Se nos informe si los trabajos de la modificación de la dinámica fluviomareal de los estuarios está autorizado y las razones de esta si la hubiese

–       Se nos informe si estas Prácticas en los Arenales, Pedreros y demás espacios afectados por la Dinámica Litoral o Fluviomareal, van a ser practicas  periódicas, todos los veranos.

–       Se nos informe si es necesario por parte de esta Consejeria competente en los espacios naturales  realizar o encargar  Estudios o Informes de Impactos Ambientales previos a la aceptación del carácter periódico de estas Actuaciones.  

            Y por lo anteriormente expuesto, SOLICITAMOS que se conteste a la información requerida en el término legalmente establecido de un mes, según lo dispuesto en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración del Principado de Asturias, teniéndome por interesado en el que se inicia a medio de la presente solicitud.

 

Avilés, a  16 de  junio  de 2017

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha en nombre de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies