Solicitud de la licencia del asfaltado de Cuitu Negro (Lena)

Ayuntamiento de Lena

C/Vital Aza nº 20

Lena

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones en la calle Padre Teral nº 26 –Q de Villalegre en Avilés, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 34 sección segunda, con CIF 33247891, y en su representación Fructuoso Pontigo Concha con DNI 11393200N.

Con motivo de la proyectada llegada de la Vuelta Ciclista a Cuitu Negro en Pajares en el concejo de Lena.

 

Expone:

 

Se asfalto en estas pasadas semanas y se hizo una carretera al Cuita Negru en nuevo tramo de unos 2,8 Km, para la vuelta ciclista a España. Denunciamos al Principado porque no hemos visto ningún tramite de consulta ambiental para ver la viabilidad de este proyecto de obra, pese a que es un terreno clasificado como especial protección, incluido en el Parque Natural de Las Ubiñas y la Mesa, dentro del Corredor Biologico del Huerna, por lo que el PORNA y otras normas obligan a una evaluación ambiental previa a cualquier obra.

Cual es nuestra sorpresa cuando lemos declaraciones en la prensa de la alcaldesa en funciones la señora Gema Alvarez diciendo que dicha obra tiene licencia municial, de la que no teniamos conocimiento, ni nosotros ni el Principado.

La licencia al tratarse de un suelo NO Urbanizable no la puede dar el Ayuntamiento sin que previamente la Comisión de Urbanismo Ordenación del Territorio de Asturias (CUOTA) diese la Autorización Previa y en ningún momento la tramitaron tal como nos ha confirmado este organismo a esta Coordinadora.

Hay que recordar que de acuerdo al Texto Refundido Ley de Ordenación del Territorio de Asturias (TROTU) para la licencia son perceptivos los informes del Arquitecto y del Secretario que son obligados por ley y tienen que estar en el expediente.

El Plan General de Lena en los arts. 459-460 y 463, trata estos terrenos como de Especial protección y el propio acuerdo de aprobación defintiva del Plan General de Ordenación de Lena por la CUOTA, que está publicado en el BOPA de 22 de febrero de 2007, dice que son terrenos clasificados como NO Urbanizables.

 

Por todo ello SOLICITA:

 

Se tenga en cuenta la solicitud planteada y en virtud del artículo 16 de la Ley 27/2006, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.

 

– Se nos facilite copía de la licencia mencionada.

– Copía de los informes tecnicos municipales perceptivos.

– Copía del informe perceptivo de la CUOTA.

– Se nos informe sin demora de esta solicitud y se fundamente su respuesta, por si de los hechos aquí denunciados por esta Coordinadora pudiera ejercitar las acciones legalmente procedentes en orden a la exigencia de responsabilidades en los términos previstos por el Art.…145 .de la ley 30/92, de 26 de noviembre. Todo ello sin perjuicio de levar las Quejas a que hubiera lugar ante las instituciones como La Procuradora General de Asturias y otras instituciones, tanto Autonómicas como Europeas.

 

En Avilés a 14 de agosto de 2012.

 

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha por la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies