Solcitudi vertido Montepio Ayuntamiento (14/02/2018)

SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE ALLER

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, EXPONE:

Que por escrito de fecha 21 de noviembre de 2017, esta Coordinadora se dirigió a la Consejería de Infraestructuras, Ordenación del territorio y Medio ambiente en solicitud de Información relativa a las autorizaciones, controles e inspecciones realizadas en relación con el vertido de aguas procedentes de la residencia del Montepío en la localidad de Felechosa en el concejo de Aller.

Que por escrito de fecha 25 de enero de 2018, firmado por la Directora General de Prevención y Control ambiental de la citada consejería, se ha dado contestación a dicha solicitud, concluyendo que:

  “…procede señalar que no le corresponde a este servicio otorgar la autorización de vertido, sino que es un asunto de la competencia municipal, dado que la actividad, según se indica, efectúa sus vertidos a la red de saneamiento municipal”.

 “Por ello cabe señalar que la administración del principado de Asturias no es competente para inspeccionar el vertido ni su adecuación a la correspondiente autorización de vertido que en su caso se haya otorgado”. 

 

Que según escrito remitido a esta Coordinadora por la Confederación Hidrográfica del Cantábrico de fecha 5.10.2017, se nos informó de lo siguiente: “La residencia no dispone de autorización de vertidos a dominio público hidráulico”.

 

Es por lo expuesto, que esta Coordinadora Ecoloxista, con estos antecedentes y resoluciones del Principado de Asturias y  de la Confederación Hidrográfica, a medio del presente escrito viene en REITERAR LA SOLICITUD DE INFORMACIÓN al amparo de lo previsto en el art. 17 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, por entender que el ayuntamiento de Aller, no ha dado contestación a la anterior solicitud de fecha 13 de noviembre del 2017, limitándose a darnos  trasladado de distintos informes y documentación fotocopiada, pero sin responder, ni acreditar las cuestiones fundamentales que le fueron requeridas en relación con los vertidos de la residencia del Montepío en Felechosa, tal y como en su día se formularon y que son :

 

Primero.- Copia de la  Autorización de vertido. (Artº. 5 de la ley) que se hayan podido otorgar a favor de la Residencia del Montepío en Felechosa, concejo de Aller/Ayer,  en el trámite de licencia de apertura y cumplimiento de las exigencias derivadas del RAMINP, en cuanto a vertidos de conformidad con lo previsto en la  Ley 5/2002, de 3 de junio, sobre vertidos de aguas residuales industriales a los sistemas públicos de saneamiento.

 

Segundo.- Si por esa Administración se han llevado acabo las inspecciones previstas en los arts. 16 y  19 de la ley, facilitando a esta Coordinadora Ecoloxista de Asturias, fecha de las mismas y resultados de los muestreos realizados y en particular sobre las SS. extremos :

  –  Medida de los caudales vertidos a los sistemas públicos de saneamiento y comprobación de parámetros de calidad.

   – Comprobación de los caudales de abastecimiento y autoabastecimiento.

 –  Comprobación del cumplimiento por el usuario de los extremos contenidos en la autorización de vertido, si la hubiese.

 

Al mismo tiempo se AMPLIA  la SOLICITUD DE INFORMACIÓN  (art. 17 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno), acerca de los siguientes extremos:

 

–        1.- Que como quiera que se nos ha remitido por el ayuntamiento copia del informe elaborado por el arquitecto técnico municipal D. Gabriel Suárez Pombal, relativo a la citada residencia, de fecha 17 de mayo de 2012, que en su encabezamiento se anuncia como “ Acta de inspección y puesta en marcha” y que termina diciendo :

 

–      “Señalar que si bien dicha actividad cumple las medidas correctoras que se le han impuesto implícitamente lleva consigo el cumplimiento por parte municipal de las autorizaciones de vertido que pudieran ser modificadas. Hecho que se corrige con la colocación de la depuradora incorporada dentro del proyecto modificado de saneamiento y abastecimiento de Felechosa y El Pino, en ejecución y en trámites administrativos con la Confederación Hidrográfica del cantábrico.

 

Es por lo aquí expuesto, que venimos en solicitar un nuevo informe  de dicho funcionario para que se constate y se diga de  forma clara e indubitada  si  se ha ejecutado el saneamiento al que se alude y en cualquiera de los casos de las condiciones actuales en las que se efectúa el vertido de la residencia.

 

–        2.- Que por el Alcalde Presidente del ayuntamiento de Aller se nos informe si se ha “procedido a la colocación de la depuradora incorporada dentro del proyecto modificado de saneamiento y abastecimiento de Felechosa y El Pino”. De no haberse ejecutado,  las medidas que haya adoptado esa alcaldía, como órgano competente para el otorgamiento de las licencias de apertura y de vertido.

 

–        3.-  Que se nos informe si por la Confederación Hidrográfica del Cantábrico se han dirigido a esa administración municipal requerimientos o peticiones relativas ha dicho vertido. De haberse realizado, copia de las mismas y de las  contestaciones o respuestas dadas por el ayuntamiento.  

 

En Avilés, a 14 de febrero de 2018.

 

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies