Recurso presentado por la empresa a la Autorización Ambiental Integrada de Industrias Doy en Trubia

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con motivo del recurso presentado por la empresa a la Autorización Ambiental  Integrada (AAI) de Industrias Doy en Trubia publicado en el Bopa del pasado 16-6-2008.

EXPONE:

Como ya comentamos reiteradas veces esta instalación no esta en condiciones de seguir funcionando en una zona urbana al presentar un nivel de precariedad ambiental significativo, por lo que entendemos que se debe plantear un traslado a una zona industrial con una factoría moderna de coque. Nosotros ya manifestamos nuestra oposición a su continuidad, por lo que el plazo de 3 años por parte del Principado nos parece excesivo en vista de los incumplimientos constante de mejoras por parte de la empresa.

Consejeria de Medio Ambiente y Desarrollo Rural

Servicio de Gestión Ambiental

C/Coronel Aranda nº 2 – 3º planta

33005   Oviedo

 

                                                          

Aviles, 4de septiembre de 2008.

 

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con motivo del recurso presentado por la empresa a la Autorización Ambiental  Integrada (AAI) de Industrias Doy en Trubia publicado en el Bopa del pasado 16-6-2008.


 

EXPONE:

 

Como ya comentamos reiteradas veces esta instalación no esta en condiciones de seguir funcionando en una zona urbana al presentar un nivel de precariedad ambiental significativo, por lo que entendemos que se debe plantear un traslado a una zona industrial con una factoría moderna de coque. Nosotros ya manifestamos nuestra oposición a su continuidad, por lo que el plazo de 3 años por parte del Principado nos parece excesivo en vista de los incumplimientos constante de mejoras por parte de la empresa.

 

Sobre el anexo III:

 

– Punto 3, Creemos necesario que los almacenamientos se produzcan en naves y silos cerrados y dotados de sistemas de captación y depuración, porque resulta evidente que la acción del viento sobre los que ahora se almacén en la calle levanta polvo, como en reiteradas ocasiones se han quejado los vecinos de la zona, desconociendo la granulometría de los almacenados.

 

– Punto 4, es manifiesto que la empresa sigue utilizando el carro de carga antiguo a pesar de las indicaciones recibidas del Principado por lo que es preciso su desmontaje definitivo.

– Punto 5, es manifiesto que el actual sistema de cierre no es el adecuado por las importantes fugas que presenta, con lo cual se tiene que producir un cambio en el cierre de los hornos. Si sabemos que si entrar en la idoneidad del actual sistema este genera toneladas de arena contaminada, que se apila a la intemperie desconociendo el tratamiento que recibe.

 

– Punto 8, es manifestó que el actual sistema de cierre de los tubos montantes no es el adecuado por las importantes fugas que presenta, con lo cual se tiene que producir un cambio en el cierre de los tubos.

 

– Punto 14, entendemos que es imprescindible que se mantengan  las restricciones de horarios de aquellos equipos e instalaciones que mas ruido generan establecido por Resolución del Concejal Delegado de Urbanismo, con fecha 05/07/05,  para evitar las molestias antes citadas a los colindantes de los que hay sobrada documentación acreditándola. En cuanto a la posible contradicción con el nuevo decreto 1367/2007 hay que recordar que todavía no esta en vigor al no haberse realizado la zonificación acústica del termino municipal, por lo que entendemos que se tiene que mantener el Decreto 99/1985. Hay que recordar que en el nuevo decreto que se cita por parte de la empresa, exige se adopte las medidas adecuadas de prevención de la contaminación acústica, para evitar molestias a los colindantes, hay varias denuncias contra esa factoría por el ruido.

 

Sobre el anexo IV, ya indicamos en nuestras alegaciones a la AAI la sorpresa de que la empresa careciera de vertido alguno, a pesar de generarse aguas contaminadas que se vuelven a utilizar en el proceso, lo que resulta mucho mas peligroso en algunos caso, por lo que nos reiteramos en lo manifestado con antelación;

 

  Las aguas pluviales que no sean usadas en el proceso, antes de verterlas al colector, tendrán que conducirse a una balsa de decantación. Se trataría de evitar el vertido al colector de efluentes cargados de sólidos en suspensión, procedentes de la contaminación del proceso que se deposita en los viales.

 

  Se debería tratar el agua de enfriamiento del coque de la torre de apagado, con una importante carga contaminante de metales pesados. Agua que no se debería de reutilizar ya que se correría el riesgo que los contaminantes escapasen al entorno junto al vapor de agua.

 

– Se procederá al tratamiento de las aguas amoniacales del proceso. Asimismo se considerará el traslado de las actuales balsas que contienen esta agua hacia un lugar más  alejado de las viviendas para evitar el efecto de los gases que generan.

 

– Nos oponemos a la autorización de  17 cámaras de la batería de cámaras B33 y las tolvas de coque, hay que recordar que el informe de compatibilidad urbanística es imprescindible para tramitar la AAI, por lo que su autorización si en ese informe municipal condicionaría la legalidad del resto de la factoría. Hay que recordar que se han construido sin licencia, tal como se hace constar en el adjunto informe Municipal,  del 4 de Junio de 2004, emitido por la Sección de Licencias a pesar de ellos se usando reiteradamente.

 

 

SOLICITA:

 

Que se tenga por presentado este escrito y se admita en este procedimiento y se nos de traslado de la resolución.

 

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies