Puerto de Figueras en Castropol.

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies ante el tramite de consultas ambientales del proyecto de urbanización y reordenación de dársenas en el puerto de Figueras en el concejo de Castropol con la referencia Expediente IA/IA IA0202/11.

EXPONE:

Ante todo reclamamos más seriedad para la calidad de las memorias que se presentan, porque además de insuficientes, presentan un considerable desfase con la realidad de la zona.

Estamos hablando de una actuación en un espacio natural extremadamente frágil, por lo que resulta evidente la necesidad de un adecuado estudio de impacto ambiental, ya que esta memoria es claramente insuficiente porque ni siquiera detalla todos los impactos posibles.

Viceconsejeria de Medio Ambiente

Servicio Restauración y Evaluacion Ambiental

Expediente IA/IA0202/11

C/Coronel Aranda nº2

33005       Oviedo

 

 

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies ante el tramite de consultas ambientales del proyecto de urbanización y reordenación de dársenas en el puerto de Figueras en el concejo de Castropol con la referencia Expediente IA/IA IA0202/11.

 

 

EXPONE:

 

Ante todo reclamamos más seriedad para la calidad de las memorias que se presentan, porque además de insuficientes, presentan un considerable desfase con la realidad de la zona.

 

 

Estamos hablando de una actuación en un espacio natural extremadamente frágil, por lo que resulta evidente la necesidad de un adecuado estudio de impacto ambiental, ya que esta memoria es claramente insuficiente porque ni siquiera detalla todos los impactos posibles.

 

Hay que recordar que el puerto previsto está en  la Ría del Eo que es Reserva Natural Parcial de acuerdo al  Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Asturias (PORNA),  al considerarla una zona de alto interés merecedora de protección. Al tratarse de una Reserva Parcial se permite la explotación de los recursos siempre que sean compatibles con la conservación de los valores que se pretenden proteger.   También la Ria del Eo está incluida desde el año 1971 en el Convenio de Ramsar, de zonas húmedas de importancia internacional y está declarada Zona de Especial Protección de Aves, ZEPA. Desde el año 1988 es Refugio de Caza. Además, tanto la Ría del Eo como el río Eo figuran en la lista de Lugares de Interés Comunitario, LIC, lo que conlleva su inclusión en la Red Europea de Espacios Protegidos NATURA 2000, como zona de especial conservación.

Escandaliza observar como la memoria pasa de puntillas sobre el efecto en la dinámica de las aguas de la ría y el consiguiente movimiento en los depósitos de arena, cuestión FUNDAMENTAL porque estamos actuando sobre una ría y todo el ecosistema que se fundamenta en ella, no sobre un campo silvestre.

 

Escandaliza recordar la protesta del Principado de  Asturias sobre la escollera de Ribadeo y  ahora esta misma administración autonómica pretende emularla en parte con este proyecto.

 

  En la imagen de la página 2, donde dice “estado actual”, no corresponde a la realidad, ya que desde hace un año está plenamente operativa lo que más tarde llama “Fase I”: relleno de la playa existente, dragado y voladuras para conseguir el calado necesario y, finalmente, instalación y aumento del número de atraques, tal y como se ve en la foto identificada como “Fase I”

 

– Como puede observarse en la imagen de la página 4 y que se corresponde con el estado actual, la defensa de los amarres se realiza mediante un dique de módulos flotantes que tiene la particularidad de que su mayor volumen permanece sumergido y la parte que sobresale de la superficie del mar es de unos 50 cm. de forma constante, con lo cual apenas afecta a la visión de la ría desde tierra firme.

 

– La previsión para la segunda fase, además de la urbanización de la zona terrestre inmediata, se plantea la parte más discutible y agresiva del proyecto, que es la sustitución del dique flotante por un dique, o, lo que es peor, por una escollera (al estilo de la famosa “escollera” de Ribadeo de infausta y permanente memoria).

 

– Este dique o escollera, se eleva de manera constante 6 metros desde el suelo, lo que viene a significar unos dos metros sobre el nivel del mar en marea alta, con lo cual la perspectiva del asunto es de un pequeño lago lleno de embarcaciones y en el horizonte la silueta de los edificios de Castropol y Ribadeo (hoy se ve el mar continuo desde la orilla de Figueras a la de Castropol y Ribadeo).

 

– Hay que reconocer que los mismos autores del proyecto se asustan y advierten de la agresividad de la alternativa 1 que deposita en una zona muy frágil una monstruosidad de escollera que llega a invadir el banco de arena (A Berlinga), cerrando el pequeño canal que ahora mismo discurre al lado del dique flotante. Evidentemente se lavan las manos y dejan para “posteriores” estudios o reflexiones qué pasará con estos canales, con el agua que por ellos circula y que es la razón de ser de la navegación y qué pasará con el banco de arena.

 

– Sobre la alternativa 2, no se nos explica por qué es necesario sustituir el dique flotante por el dique fijo, cuando el resto de las adecuaciones de la dársena (demolición del espigón interior, modificación de los amarres existentes, etc., permitirían conseguir igual número de amarres, a menor costo económico y medioambiental.

 

 La matriz de impactos no deja lugar a dudas sobre el tema, salvo a los afectados por una extraña miopía. Faltaría únicamente cuantificar el impacto positivo sobre la actividad económica y empleo (y su relación con el coste económico y la degradación ambiental) para completar el cuadro y posicionarse sin lugar a dudas.

 

Reiteramos la gravedad de no aportar datos sobre el impacto sobre la dinámica de la ría, porque estamos en una zona mucho más frágil que la de Ribadeo, con una progresiva aproximación de la arena a la orilla de Figueras y, por lo tanto, a la zona de la que tratamos.

 

Insistimos, también habría que explicar con argumentos sólidos, por qué la actual línea de dique flotante debe ser sustituida por un dique fijo, cuando en ambos casos los amarres posibles podrían ser los mismos y el impacto visual y sobre las corrientes es muy inferior en el caso del flotante. Igualmente el mantenimiento del dique flotante sería una alternativa infinitamente más económica, lo cual en los tiempos que corren de clara necesidad de contención del gasto público (idea repetida hasta la saciedad por los responsables y gestores  estatales y autonómicos) parece a todas luces lo más adecuado.

 

 

Por lo anterior SOLICITA:

 

 

– Se realice un adecuado estudio de impacto ambiental para poder valorar adecuadamente los impactos posibles de las diferentes alternativas.

 

– Se admitan las presentes sugerencias y se incorporen al expediente,  informándonos de su desarrollo.

 

 

 

En Avilés  a 15 de mayo del 2011.

 

 

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies