Plan para la mejora de la calidad del aire en la zona central ES0302 Central de Asturias

Consejería de Fomento Ordenación del Territorio y Medio Ambiente

Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático

C/ Coronel Aranda nº 2

33005 Oviedo

 

 

 

 

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, legalizada el 22 de Marzo de 1990 en la Delegación de Gobierno de Asturias con el CIF; G-33247891 con domicilio a efectos de notificaciones en la calle Padre Teral nº 26-Q 33407 de Villalegre municipio de Avilés en Asturias y en su representación Fructuoso Pontigo Concha, mayor de edad con el D.N.I. 11.393.200N ante esta Consejería comparece y, como mejor proceda en Derecho

DICE:

 

Que a medio de este escrito, dentro del plazo de treinta días concedido al efecto por el escrito del sometimiento a consultas del Plan para la mejora de la calidad del aire en la zona central ES0302 Central de Asturias vengo a formular las siguientes sugerencias.

 

SUGERENCIAS

 

 

Primera.

 

La Directiva Europea 2008/50/CE obliga a implementar Planes de Mejora de la Calidad del Aire cuando en determinadas zonas o aglomeraciones, donde los niveles de contaminación del aire ambiente superen cualquier valor límite u objetivo.

 

 

Segunda.

 

Nos sorprende que este plan solo ocupe la zona comprendida con el área de actividad puerto de Avilés, que salga de ella otros entornos urbanos contaminados tal como recogen las estaciones de control de la contaminación tanto las del Principado como la de las empresa, lo que demuestra que el Plan es escaso en cuanto al área geográfica que abarca, sin que nos parezcan adecuadas las justificaciones que se hacen para este ridículo tamaño propuesto.

 

 

Tercera.

 

Gran parte de las propuestas carecen del más mínimo rigor ambiental, a nuestro juicio, así pasaría con:

 

  • Nº 1, Identificación de las actividades potencialmente contaminantes. Se presupone que esto ya se tiene que hacer previamente para presentar el documento.

 

  • Nº7. Implantación de un Programa de inspección y vigilancia. Se presupone que ya se hacía, o no esta cumpliendo esta Consejería con sus funciones de inspección y vigilancia.

 

  • Nº10 Implantación de sistemas de mediciones de emisiones en continuo. Se presupone que esto ya es una obligación de las empresas de acuerdo a las condiciones de las autorizaciones ambientales.

 

  • Nº12- Difusión del plan de calidad del aire. Llama poderosamente esta medida cuando no se ha presentado la propuesta ni a las asociaciones ni a los vecinos en la fase previa.

 

Cuarta.

 

Gran parte de las propuestas realizadas ya estaban incluidas en otros planes, por lo que no podemos hablar de novedad alguna y como obliga la norma se tiene que quitar de este plan de mejoras. Así pasa con:

 

  • Nº2- Elaboración de una norma operativa con graneles sólidos en el Puerto. Que ya esta recogido desde 2007 en las Buenas Prácticas en el Manejo de Graneles Sólidos del Puerto de Avilés.

 

  • Nº3- Implantación de las Norma sobre operativa con graneles. Que ya esta recogido desde 2007 en las Buenas Prácticas en el Manejo de Graneles Sólidos del Puerto de Avilés.

 

  • Nº4Apantallamiento de los almacenamientos a la intemperie de graneles. El Puerto lleva anunciado estos apantallamientos los últimos años, tanto en la orilla derecha como izquierda.

 

  • Nº5Almacenamiento en nave cerrada de los acopios de blenda. Esta medida esta incluida entre las que se tiene que llevar a cabo en el condicionado de la autorización ambiental de AZSA que es del año 2008.

 

 

Quinta.

 

A la vista de las escasas novedades de medidas reales, que no sean repeticiones de programas o compromisos anteriores, entendemos que el Plan no solo es escaso por el tamaño geográfico que abarca, sino claramente insuficiente porque no propone medidas para otras instalaciones industriales que tiene un fuerte impacto ambiental, que no están cumpliendo las condiciones ambientales de sus correspondientes autorizaciones ambientales integradas.

 

 

Sexta.

 

Creemos que las aportaciones necesarias son:

 

– En vista de que los indicadores de salud y los estudios epidemiológicos realizados hasta ahora en el área sanitaria demuestran problemas sanitarios asociados a la contaminación es preciso profundizar en como minibar estos efectos negativos para la salud de los vecinos.

 

– Ampliación de la zona geográfica del plan al menos a las siguientes poblaciones;

 

De Avilés, Centro, el Nodo, Jardín Cantos, Llaranes y Garajes.

De Castrillón, Raices, Salinas y Arnao.

 

– Que las empresas de este entorno acometan las medidas incluidas en las autorizaciones ambientales para reducir las emisiones de sustancias contaminantes.

 

– Que las actividades de cribado y clasificado de carbones de la margen izquierda, se realizan en naves cerradas.

 

– Que los parque de carbón de las baterías se apantalle para evitar la dispersión de estos graneles.

 

– Que las actividades chorreo con arena o metálicas que ahora mismo realizan las empresas Mefasa, los astilleros Ría de Avilés, se hagan en naves cerradas.

 

– Que se proceda a ejecutar la ronda del puerto con la opción del túnel bajo la ría, al ser la opción de menor impacto ambiental.

 

– Que se potencio el transito peatonal, la creación de carriles bicis en la comarca, la mejora del transporte publico, para disminuir el impacto de la contaminación por el trafico rodado.

 

– Es preciso dar a conocer las instalaciones de control de la contaminación pública y de empresas ubicadas toda la comarca, incluida las que hay en Corvera y Carreño en la parte que colinda con Corvera.

 

 

 

Y por lo expuesto,

 

SOLICITA que tenga por presentado este escrito y por formuladas las sugerencias que contiene que se presentan en tiempo y forma, sean estimadas las mismas y modifique en el sentido argumentado el proyecto sometido a información pública, adecuándose a la obligada motivación prevista en la regulación procedimental que es específica, y teniéndome por parte interesada, me de traslado de la resolución que recaiga en el presente procedimiento administrativo.

 

OTROSÍ DICE: Que en el caso de variaciones en el proyecto sometido a información pública, proceda a nuevo a someter el que resulte a periodo de información pública y conceda trámite para, en su caso, formular nuevamente alegaciones, en aras de la evitación de indefensión.

 

 

 

 

 

En Avilés, 18 de noviembre del 2013

 

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha por la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies