Plan gestion portuario (25/01/17)

Consejeria de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente

Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo

C/ Trece Rosas nº 2

33005  –                Oviedo

                                                                    

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, EXPONE:

Ante la Información Pública del informe de sostenibilidad del  plan especial del "Plan Territorial Especial para la Estrategia Integrada de Gestión Portuaria Litoral del Principado de Asturias"  en adelante (EIGPLA) publicado el 5 de diciembre del 2016.

EXPONE:

PROCEDIMIENTO.– A pesar de que habíamos presentado alegaciones en la fase de información Pública sobre la aprobación inicial del Plan Territorial Especial para la Estrategia Integrada de Gestión Portuaria Litoral del Principado de Asturias, no se nos respondió a las alegaciones presentadas, lo que demuestra la falta de voluntad de hacer participes a las entidades sociales como la nuestra de esta tramitación.

PRIMERA.- El EIGPLA pretende la ejecución de numerosas obras en los puertos asturianos, para favorecer a las embarcaciones deportivas en detrimento de los usos pesquero que ahora perduran en los puertos, lo que resulta inasumible, se pretenden 1930 nuevos amarres, muchos mas que los 1.134 existentes en los puertos del Principado.

SEGUNDA.-  Dichas obras pretenden  la ampliación de los puertos para permitir la construcción de numerosos pantanales y explanadas, muchas veces a cuenta de rellenos o ocupando espacios singulares y naturales con un costo considerable que valoran en 134 millones de euros,  sin valorar el impacto que supone el mantenimiento de estas instalaciones para una región que ya posee mas de 2.000 amarres deportivos. Olvidándose de la singularidad de estos puertos y de la limitación de su tamaño.

Se pretenden nuevos pantanales en los puertos de; Figueras, Tapia de Casariego, Luarca, Cudillero, San Esteban, San Juan de la Arena, Luanco, Candas, Puntal, Ribadesella y Bustio.

Amarres deportivos que deberíamos mantener los asturianos vía presupuesto del Principado en vista de la dificultades actuales que hay de retornos de las inversiones y mantenimiento de los actuales con las cuotas de amarres que pagan los deportivos, tal como se comprueba por el estado lamentable de conservación y mantenimiento.

TERCERA.- No deja de sorprender algunas obras previstas por el elevado impacto paisajístico que van a tener en los actuales lugares, destacando el severo impacto que va suponer la desaparición de su singularidad e historia,  se van a ver transformados, para beneficiar a los barcos deportivos en detrimento del resto de vecinos de la zona, que van a ver como se deteriora los paisajes singulares marineros de estos puertos.

El EIGPLA vulnera en parte de sus actuaciones el Convenio Europeo del Paisaje, ratificado por España, y cuyo plan está siendo elaborado por las administraciones autonómicas (EIGPLA, en su pag. 44 cita que hay un estudio en ejecución para definir la protección de los paisajes litorales). Es inadmisible dañar irreversiblemente el paisaje cuando todavía está en estudio su protección.

CUARTA.- En varios de los emplazamientos se propone dragados, sin presentarse un detalle del volumen del material a dragar ni de sus características ni contaminación posible, ni de su gestión posterior a pesar de ser residuos peligrosos.

Con el riesgo de que si los materiales están algunos contaminados como seguramente estarán, contaminaremos la zona donde se van a verter con metales pesados que se acumula rápidamente en la cadena alimentaría a niveles que pueden causar graves problemas de salud para los que consumen pescados,  mariscos o algas, sin tener en cuenta el efecto acumulativo en muchos seres vivos de estos contaminantes presentes en los lodos a depurar.

QUINTA.- En varios de los proyectos, se pretende importantes explanadas y grandes diques con un considerable impacto paisajístico en estos puertos con el consiguiente impacto en su singularidad, que quedaría gravemente dañada.

SEXTA.-En el Puntal se pretende reconstruir los diques de la dársena, consolidación de los terrenos de la explanada.

Se habla de los problemas de calado insuficiente. Pero nada se dice que se va hacer con los fangos contaminados de la dársena ni su destino, nada se dice del dragado del canal de acceso si se va acometer o no.

Hay que recordar que el puerto esta enclavado dentro de la Reserva Natural Parcial de la ría de Villaviciosa entre otras muchas calificaciones y que estas mismas obras ya tuvieron varios proyectos a información con una importante contestación social por sus impactos en la zona.

SEPTIMA.- En San Juan de la Arena se pretende construir de una nueva dársena situada en la margen derecha del río Nalón con un muelle de hormigón sumergido, afectando a la ribera natural de la zona que quedarían rellenadas.

OCTAVA – En Luarca se pretende rellenar una parte de la playa 2ª de Luarca y la zona de la llamada piscina,  con lo implica la desaparición de un espacio de ocio tradicional para realizar un muelle deportivo.

Este gran relleno tendría un claro efecto en las actuales corrientes, que reduciría la capacidad del puerto para la absorción de las corrientes y provocaría una disminución drástica de la seguridad y maniobrabilidad de la flota pesquera y deportiva.

NOVENA.-En Figueras se pretende la construcción de un dique vertical en sustitución del actual dique flotante con el consiguiente impacto en la ría del Eo al que ya nos opusimos en el proyecto del año 2011.

 Insistimos, también habría que explicar con argumentos sólidos, por qué la actual línea de dique flotante debe ser sustituida por un dique fijo, cuando en ambos casos los amarres posibles podrían ser los mismos y el impacto visual y sobre las corrientes es muy inferior en el caso del flotante. Igualmente el mantenimiento del dique flotante sería una alternativa infinitamente más económica, lo cual en los tiempos que corren de clara necesidad de contención del gasto público (idea repetida hasta la saciedad por los responsables y gestores  estatales y autonómicos) parece a todas luces lo más adecuado.

Hay que recordar que el puerto previsto con un fuerte impacto está en  la Ría del Eo que es Reserva Natural Parcial entre otras muchas calificaciones, que quedaría claramente degradada por el dique proyectado.

DECIMA.- A los efectos del Cambio Climático dedica varias páginas el documento principal del EIGPLA. Advierten del aumento del nivel del mar, del aumento de la intensidad del oleaje, el viento y las tormentas, alertan sobre la pérdida de playas y humedales.

 

 PERO no hace falta que llegue el Cambio Climático ya se encarga en EIGPLA de destruir playas y humedales para hacer más espacio a los pantalanes de embarcaciones deportivas.

 

Es decir que mientras el objetivo estético del EIGPLA es adaptar los puertos al cambio climático, la realidad es que lo que se planifica es una transformación en puertos deportivos. Dejando incluso algunos aspectos como el refuerzo de diques  en segundo lugar.

           

            Y por lo expuesto,

 

 

SOLICITAMOS: Que se tenga por presentado este escrito y por formuladas las alegaciones que contiene que se presentan en tiempo y forma, sean estimadas las mismas y modifique en el sentido argumentado el proyecto sometido a consulta, adecuándose a la obligada motivación prevista en la regulación procedimental que es específica, y teniéndome por parte interesada, nos  den traslado de la resolución que recaiga en el presente procedimiento administrativo.

 

 OTRO SÍ DICE: Que es preciso una respuesta razonada a estas alegaciones de acuerdo a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, esta falta de respuesta es motivo de nulidad de la tramitación.

 

 

En Avilés a 25 de enero de 2016

 

 

 

 

 

 

Fructuoso Pontigo Concha, en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Ast