Ayuntamiento de Aller
Avenida de la Constitución nº 1
33686 Cabañaquinta
La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, EXPONE:
Que viene en ejercer el derecho de acceso a la información pública, en los términos previstos en el artículo 105.b) de la Constitución Española, desarrollados por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno formulando a medio del presente escrito la SOLICITUD DE INFORMACIÓN del Ayuntamiento de Aller/Ayer, relativa a las siguientes cuestiones:
Licencia urbanística o cualesquiera otras autorizaciones y/o resoluciones municipales por las que se hayan podido conceder por ese ayuntamiento para la ejecución de las obras de movimientos de tierras, apertura de pista y mejoras del camino o senda peatonal desde la localidad de Llananzanes, en el concejo de Aller/Ayer hasta el puerto de Piedrafita, que se realizaron antes del mes de septiembre del año 2016.
Acuerdos y resoluciones municipales por los que se haya autorizado el gasto y en su caso el pago de cantidades en cualesquiera conceptos( subvención, ayuda, colaboración, etc) con destino a financiar en parte o totalmente, las citadas obras.
Informes elaborados por funcionarios o técnicos municipales como resultado de la visita o inspección de las citadas obras.
Certificado expedido por la Intervención-Depositaría de de fondos sobre la consignación de gastos o pagos motivados o adscritos a la citada obra.
Autorizaciones solicitadas por ese ayuntamiento a las Consejerías con competencias concurrentes para la autorización de las obras : Medio Ambiente, Montes, CUOTA y en su caso Confederación Hidrográfica. De no haberse solicitado, que se solicita que se enumeren y se detallen cada uno de ellos.
Solicitudes que en los últimos 10 años se hayan cursado a iniciativa o por medio de ese Ayuntamiento a la Consejería competente en materia de Montes, para obras en la citada camino y resolución que recayó sobre dicha solicitud.
De conformidad con lo establecido en la citada ley 19/2013, el Ayuntamiento tiene un plazo de un mes para contestar.
A los efectos indicados.
En Avilés, 1 de marzo de 2016
Fdo. Fructuoso Pontigo Concha en nombre de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies