Parking Concha de Artedo (20/10/17)

Consejería de Infraestructuras, Ordenación y Medio Ambiente

Servicio de Gestión y Disciplina Urbanística

C/ Trece Rosas  nº2

33005       Oviedo

       La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, EXPONE:

 

Que en la margen izquierda de la desembocadura del río Uncín, en zona de servidumbre de protección, el Ayuntamiento de Cudillero ha ejecutado y mantiene periódicamente con sus trabajadores o empresas contratadas, un aparcamiento ubicado en un terreno que por su calificación y ubicación no está habilitado para ello, sobre todo si se tiene en cuenta que en esa playa el Ministerio y la Consejería de Infraestructuras del  Principado han realizado una ordenación y unas obras consistentes en retirar las plazas de aparcamiento desde los lugares próximos al mar hasta un gran parking habilitado en la zona adecuada.

 

El área de aparcamiento preparada por el Ayuntamiento atenta contra esa planificación y ordenación del espacio litoral de la Concha de Artedo.

En mayo de este año se presentó escrito al respecto ante esa Consejería y con fecha de salida 18 de septiembre nos contestan con una nota de la Consejería en la que se adjunta un escrito de la concejala de obras del Ayuntamiento de Cudillero en la que niega que el Ayuntamiento haya acondicionado allí un aparcamiento con numerosos disculpas, tan surrealistas como que la competencia para sancionar a los vehículos aparcados en la zona es de los Vigilantes de Costas, cuando estos solo tienen la competencia en la servidumbre de Costas que no lo es, se le olvida decir que la competencia de sancionar si la tiene la Policía Municipal, que no sanciona por aparcar allí al considerarlo un aparcamiento.

 

 

SOLICITAMOS

 

Que vista la inhibición del Ayuntamiento de Cudillero, la Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente dicte Resolución por la que se tomen las medidas necesarias (señalización, vigilancia, colocación de obstáculos, requerimiento al Ayuntamiento, etc.) para evitar que se utilice como parking ese espacio y se cumpla lo establecido en la legislación urbanística  y en el Plan Especial de ordenación y restauración paisajística del Parque Playa La Concha de Artedo, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 15 de septiembre de 2005 (BOPA  3/6/2006)

 

 

            Y asimismo, SOLICITAMOS que se conteste a la información requerida en el término legalmente establecido de un mes, según lo dispuesto en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración, teniéndonos por interesados en el que se inicia a medio de la presente solicitud.

 

      En Avilés, Asturias, a  20 de octubre de 2017

 

 

 

 

            Fdo. Fructuoso Pontigo Concha en nombre de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies