Ocalitos Quintuelles (10/02/17)

Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales

Dirección General de Montes

C/ Tres Rosas nº 2

33005      Oviedo

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, EXPONE:

Primera.- Tenemos conocimiento que en la parroquia de  Quintueles en la localidad de Cerredo en el concejo de Villaviciosa hay varias plantaciones de ocalitos que dudamos que tengán autorización al afectar a la servidumbre de costas.

Segunda.-  En las fincas eran praderias, por lo que resulta extraño que de acuerdo al artículo primero del Real Decreto 159/2002 que modifica el RD de 90/1992 por parte de esta Consejería se haya informado favorablemente a esta plantación de ocalitos, sin haber tramitado el correspondiente EPIA si es que se solicitado

Tercera:- Es por lo que vemos necesario que se compruebe la legalidad de las plantaciones realizadas en las parcelas 35,36 y 31 del polígono 3.

SOLICITAMOS, sobre la base de lo dispuesto en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regula los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, y con motivo de la denuncia interpuesta, la siguiente información ambiental:

–       Se nos informe si esta plantación tiene la correspondiente autorización.

–       Se nos informe qué medidas se van a tomar para subsanar esta situación y si se va a proceder a retirar los ocalitos de la parcela citada.

–       Se nos informe el desarrollo de los expedientes sancionadores que se originn a raíz de las plantaciones si fueran ilegales.

            Y asimismo, SOLICITAMOS que se conteste a la información requerida en el término legalmente establecido de un mes, según lo dispuesto en el artículo 10.2 c) de la Ley 27/2006 referida, para cuyo silencio establece el efecto positivo el Decreto 67/2002, de 16 de mayo, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración del Principado de Asturias, teniéndome por interesado en el que se inicia a medio de la presente solicitud.

 

          Avilés, a  13 de  febrero  de 2017

 

        Fdo. Fructuoso Pontigo Concha  de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies