Enfermedad del ganado que se contagia a la fauna silvestre

Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos

Dirección de Medio Natural

C/ Coronel Aranda nº 2

33005 Oviedo

 

 

 

 

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 –Q de Villalegre en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 34 sección segunda con Cif – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, DICE:

 

Que esta asociación tiene conocimiento de la aparición, en los últimos meses, de varios animales salvajes muertos a causa de la acción del patógeno Clostridium sordelli, siendo que en la Cordillera Cantábrica se ha diagnosticado en vacuno, con enfermedad aguda y mortalidad. Según informes oficiales, se encuentra en tubo digestivo eliminándose por las heces, contaminando el suelo, los alimentos y el agua. pudiendo persistir activo durante largos periodos en el medio exterior y en el interior de animales portadores.

Que para la recuperación del oso pardo en Asturias se han realizado ingentes esfuerzos técnicos, económicos y educativos, constituyendo la presencia de la enfermedad contagiosa en el medio natural observada una situación de idoneidad para producir, como de hecho aconteció, la muerte de un oso en el Parque Natural Las Ubiñas- La Mesa y de otro más en Porley, y frustrar las expectativas de recuperación de la especie.

Que el Gobierno del Principado de Asturias conoce esta situación de riesgo ecológico y sus potenciales efectos negativos sobre la población de oso pardo en Asturias y sobre la de otras especies de fauna salvaje, así como sus irreversibles consecuencias para la misma.

Que toda vez que las referidas muertes podrían deberse a un contagio, es por lo que se centra nuestra preocupación en saber si Principado de Asturias está tomando medidas de control de este patógeno presente en los montes asturianos, que puede tener efectos letales sobre la fauna salvaje, pero también puede suponer un riesgo para los centenares de abastecimientos de agua potable que tienen pequeñas poblaciones asturianas o fuentes habituales, con escaso control sobre su calidad.

Y por lo expuesto, sobre la base de lo dispuesto en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regula los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, SOLICITO la siguiente información ambiental:

 

1º.- Si existe un control oficial hay sobre este patógeno en la fauna salvaje, qué tipo de control, y los resultados del mismo si lo hubiera.

 

2º.- Se nos informe que control hay animales salvajes muertos por este patógeno y estudios estadísticos de muertes.

 

3º.- Se nos informe de la incidencia que puede tener este patógeno sobre la salud humana.

 

4º.- Se nos informe que medidas se esta tomando en el ganado extensivo con este patógeno, así como medidas a adoptar para el control de la enfermedad y su contagio y transmisión a la fauna salvaje de la región.

 

 

La información requerida ha de ser facilitada en el término legalmente establecido de un mes, según lo dispuesto en el artículo 10.2 c) de la Ley 27/2006 referida, para cuyo silencio establece el efecto positivo el Decreto 67/2002, de 16 de mayo, por el que se aprueban las normas relativas a los procedimientos administrativos de la Administración del Principado de Asturias.

 

 

 

En Avilés, a 25 de noviembre de 2014

 

 

 

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies