Cantera de Fuentes en el concejo de Parres.

Se encuentra ubicada en el termino de Paraje de Befar  en la proximidad de la localidad de Fuentes en  el concejo de Parres una industria extractiva de caliza sección A  desde hace muchos años con el nombre de cantera de Fuentes.

EXPONE:

La explotación  se le concedió una ampliación cuya resolución  fue publicada en el Bopa del 17-6-2006 sobre una superficie total de 81.200  metros cuadrados. A pesar del tiempo trascurrido en una visita desde el exterior de la zona hemos comprobado que resulta evidente que  se incumplen parte de las condiciones ambientales  impuestas en su última ampliación.

Viceconsejeria de Medio Ambiente

C/Coronela Aranda nº 2

33005     Oviedo

 

 

 

Avilés, a 13 de septiembre de 2010

 

 

 

 

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies.

 

Se encuentra ubicada en el termino de Paraje de Befar  en la proximidad de la localidad de Fuentes en  el concejo de Parres una industria extractiva de caliza sección A  desde hace muchos años con el nombre de cantera de Fuentes.

 

EXPONE:

 

 

La explotación  se le concedió una ampliación cuya resolución  fue publicada en el Bopa del 17-6-2006 sobre una superficie total de 81.200  metros cuadrados. A pesar del tiempo trascurrido en una visita desde el exterior de la zona hemos comprobado que resulta evidente que  se incumplen parte de las condiciones ambientales  impuestas en su última ampliación.

 

Estos incumplimientos a nuestro juicio  son:

 

-Punto 2.3. Para garantizar la seguridad, con suficiente antelación al inicio de la actividad, se procederá al cercado y señalización perimetral de la corta. No se aprecia cerca alguna.

-Punto 4.2. El área de la explotación se rodeará, en aquellos lugares donde la orografía y pendientes naturales del terreno lo requieran, con un canal o cuneta perimetral que evite la intrusión de las aguas pluviales y de escorrentía no contaminadas, a fin de que no colapsen, por exceso de caudal, las balsas de decantación.  No se aprecia canal, ni cuneta perimetral, ni balsa alguna de decantación. Lo que se ve perfectamente es como las aguas interiores van al rio Sella sin tratamiento alguno, con numerosos lodos y arenas.

-Punto 5.1. Todos los puntos susceptibles de producir emisiones de contaminantes a la atmósfera dispondrán de los correspondientes sistemas de protección, captación y depuración, que garantizarán el cumplimiento de los niveles de emisión previstos en el Decreto 833/1975, de 6 de febrero, por el que se desarrolla la Ley de Protección del Ambiente Atmosférico y demás normativa vigente en materia de contaminación atmosférica. En el entorno de la  explotación hay numeroso polvo que denota la falta de medidas.

-Punto 5.2. Las zonas de tránsito de vehículos, así como las de almacenamiento de áridos, se acondicionarán a fin de evitar las emisiones difusas de polvo, dotándose de firmes adecuados y de sistemas de riego. En este sentido, si fuera necesario se adaptará a la nueva situación de la industria extractiva el actual sistema de limpieza de vehículos, que impida la salida de los mismos del área de explotación a las carreteras de uso público con restos de tierra en las ruedas.  No se ven sistema alguno para evitar las emisiones difusas de los vehículos, a la salida de la explotación se comprueba en la carretera de Fuentes el peligroso estado lleno de arenas, la falta total de limpieza.

-Punto 6.1. Como medida preventiva, y antes del inicio de la actividad, se evitará la libre circulación de los animales entre la zona de explotación y las parcelas colindantes, colocando un cierre perimetral de malla cinegética sobre soportes de madera con una altura no inferior a 1,50 metros. No se aprecia esa malla.

– Punto 8.1. Se procederá a la retirada y conservación del material de cobertera y de la tierra vegetal de las superficies afectadas por la explotación para su empleo en las labores de restauración en la explotación. No se aprecia esta tierra vegetal.

-Punto 8.4. Las labores de restauración y revegetación se irán realizando paralelamente a las labores de explotación, conforme se liberen los terrenos explotados. No se aprecia restauración alguna.

 

Por todo ello se SOLICITA:

 

 

– Se proceda a la comprobar los hechos denunciados en la industria extractiva

 

– Se nos informe del desarrollo de esta denuncia

 

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha en nombre de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies