Cantera de Arroyo ubicada en Gijón

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con motivo del inicio del trámite ambiental de la industria extractiva de la sección A denominada Arroyo ubicada en Gijón de la que es titular el Ayuntamiento, del que se nos ha consultado su contenido ambiental mediante carta certificada recibida el 11-2-2010.

EXPONE:

El Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución del Real Decreto legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, dice claramente en su artículo 7 cuáles tienen que ser los contenidos de este, que se desarrolla después en el 8, 9 y 10. Así mismo es necesario conocer con detalle que medidas que se van a tomar para minimizar los impactos que se van a producir, que al menos son estos:

Viceconsejería de Medio Ambiente

Dirección General de Agua y Calidad Ambiental

C/Coronel Aranda nº 2

33005 Oviedo

 

 

 

En Avilés, a 26 de febrero del 2010

 

 

 

 

 

 

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con motivo del inicio del trámite ambiental de la industria extractiva de la sección A denominada Arroyo ubicada en Gijón de la que es titular el Ayuntamiento, del que se nos ha consultado su contenido ambiental mediante carta certificada recibida el 11-2-2010.

 

EXPONE:

 

El Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución del Real Decreto legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, dice claramente en su artículo 7 cuáles tienen que ser los contenidos de este, que se desarrolla después en el 8, 9 y 10. Así mismo es necesario conocer con detalle que medidas que se van a tomar para minimizar los impactos que se van a producir, que al menos son estos:

 

– Contaminación de aire, producida por las emisiones de contaminantes de la atmósfera, en la explotación, así como el producido en  lugares de almacenamiento de materiales extraídos, así como el polvo que se genera en las zonas de tránsito, etc.. 

 

– Contaminación de las aguas de la zona tanto subterráneas como las de superficie por la contaminación de las aguas de escorrentía con el mineral en la explotación.

 

– Pérdida de calidad paisajística.

 

– Daños a la estructura de las edificaciones por vibraciones que se producen por la explotación, hay que recordar que hablamos de escasos metros de la zona con los colindantes.

– Contaminación acústica, producida por la actividad y el continuo movimiento de maquinaria en la explotación, así como en la manipulación y  transporte del material extraído en esta.

– Además, deberían indicarse los procedimientos utilizados para conocer el grado de aceptación o repulsa social de la actividad con sus colindantes.

Está claro que para que esta actividad reduzca su impacto es preciso que previo al reinicio de la explotación se acometan algunas obras para reducir estas afecciones.  Estas obras que entendemos imprescindibles son:

 

  Para garantizar la seguridad y teniendo en consideración que se trata de un entorno humanizado, se cercará y señalizará perimetralmente la corta. Ahora no hay más que un alambre.

  Las aguas interiores de la explotación serán tratadas con carácter previo a su incorporación a los sistemas de escorrentía natural de la zona. Ahora no hay nada.

  El área de explotación se rodeará, en aquellos lugares en que la orografía y el sentido de la pendiente así lo exija, con un canal o cuneta perimetral que recoja las aguas pluviales y de escorrentía para evitar su introducción en el interior de la misma. Ahora no hay nada.

  Se construirá una instalación de tratamiento de aguas a la que se conducirán las aguas de escorrentía de la zona de explotación que estará constituida por tres balsas de decantación que estarán conectadas en serie. Ahora no hay nada.

– Se dotará a los vestuarios que se instalen de una fosa séptica registrable para evitar los vertidos de aguas residuales en la zona.

– En el entorno de la explotación, se garantizará el cumplimiento de los niveles de inmisión de contaminantes atmosféricos. Hay que recordar que hay viviendas a menos de 10 metros de la explotación.

  Las zonas de tránsito de vehículos se acondicionarán a fin de evitar las emisiones difusas de polvo, se dotarán de firmes adecuados y se establecerán sistemas de riego.

  La salida de vehículos desde el área de explotación a las carreteras de uso público se realizará previo paso por un sistema de limpieza de vehículos y sus neumáticos. Ahora no hay nada y la carretera contigua está llena de lodos de la explotación

  Los niveles de emisión de ruido derivados del régimen de funcionamiento continuo de la actividad se limitarán de manera tal que los niveles de inmisión en el límite de la zona minera se ajuste a las previsiones del Decreto 99/85, del Principado de Asturias. Hay que reiterar que hay 2 casas al lado.

– Ante la proximidad de las viviendas a la explotación, se limitará su funcionamiento a las horas diurnas para reducir las molestias.

  Con el fin de minimizar el impacto de la actuación en el medio, el sistema de explotación se realizará por banqueo descendente. Ahora hay un talud cortado.

  Con el fin de minimizar los impactos paisajísticos, se realizará un apantallamiento perimetral de la explotación que estará implantado, antes del inicio de las labores de explotación, al  menos, con tres hileras de árboles autóctonos colocados al tresbolillo. Ahora solo hay ocalitos en una esquina.

– Se tiene que presentar un proyecto viable de  restauración del hueco una vez finalizada la explotación, considerando que los materiales que se usen para los rellenos tienen que ser inertes totalmente.

SOLICITA:

Sean tenidas en cuenta las sugerencias presentadas a este trámite y se nos informe del desarrollo de este expediente.

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo Concha de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies