Alegaciones salto Riera en Somiedo (21/12/18)

Sr. Comisario de Aguas

Confederación Hidrográfica del Cantábrico

ASUNTO: Extinción del derecho concesional para usos hidroeléctricos en Somiedo. Exptes. H/33/01365 y H/33/01365A, t. m. de Somiedo (Asturias).

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N en calidad de presidente, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, EXPONE:

1º Que en dicho BOPA se anunció la incoación del expediente de extinción concesional de sendas explotaciones hidroeléctricas con un caudal de 8 y 1 m3/s respectivamente del río Somiedo y del arroyo de Las Morteras otorgadas a Hidroeléctrica del Cantábrico, S. A..

2º Que la causa de la extinción al uso privativo es un dato objetivo e ininterpretable: el transcurso del plazo concedido, y como se expone en el expediente de extinción que fue de 75 años el 1 de diciembre de 1945, que finaliza el 1 de diciembre del 2020.

3º  Que los lagos y cauces afectados en su hidrogeomorfología y régimen de aguas se encuentran en el PN y Reserva de la Biosfera  de Somiedo, cuyo PRUG ya advertía de los efectos perniciosos de la actividad hidroeléctrica (Decreto 34/95, de 16 de marzo, BOPA de 3 de mayo de 1995; Decreto 87/2000, de 14 de diciembre de 2000, BOPA de 30 de diciembre de 2000; Decreto 22/2007, de 14 de marzo de 2007, BOPA de 17 de abril de 2007). En el mismo sentido, el Decreto 169/2014, de 29 de diciembre, por el que se declara la Zona Especial de Conservación Somiedo (ES 0000054) y se aprueba el I Instrumento de Gestión Integrado de diversos espacios protegidos en el concejo de Somiedo (BOPA de 5 de enero de 2015). Básicamente, los lagos afectados son embalses de regulación y los cauces meros canales de derivación.

4º Que la Memoria del Plan Hidrológico de la parte occidental de la Demarcación recoge la cuenca del Somiedo como ZEC y ZEPA.

5º Que el "Inventario de Presiones" (Anejo VII, punto 3.2.2.4.8, pág. 52), se dice literalmente:

"En el inventario de presiones se han incluido un total de 2 recrecimientos de lagos (Lago Negro y Lago del Valle) que ocupan una superficie de 34,5 ha aproximadamente (Figura VII. 37). Ambos están localizados en el municipio de Somiedo (Principado de Asturias)".

6º Que en el Programa de Medidas (pág. 36) se dice:

"3.1.5 Alteraciones morfológicas y ocupación del dominio público, las alteraciones morfológicas y la ocupación del dominio público representan un problema significativo para la consecución de los objetivos del medio acuático de la DH del Cantábrico Occidental".

Y se incluyen los recrecimientos de lagos. Y en este mismo documento se reconoce la afección de los aprovechamientos hidroeléctricos.

7ª Es preciso acometer las obras necesarias para aminorar el actual impacto de los recrecidos de los lagos, de las canalizaciones de derivación de estos aprovechamientos.

8º Todos los años apreciamos en la cuenca que esta todo ella regulada tramos de los ríos y arroyos secos, por no respetar el nivel del caudal ecológico por parte de la actual concesionaria que explota las dos centrales presentes, la Riera y la Malva.

9º Se ven en los lagos y los cauces de la cuenca un continuo aumento de especies invasoras, que sería preciso controlar.

10º El escaso caudal agrava los problemas de los vertidos en los cauces de la cuenca, por lo que es necesario reducir estos vertidos urbanos como ganaderos, mejorando las actuales depuradoras y poniendo donde no las hay,  tratar los purines de forma adecuada.

11º Que resulta evidente que la actual concesionaria tiene un beneficio continuo de estas instalaciones, al estar amortizadas las inversiones después de tantos años, llevar unos escasos costes de mantenimiento, por lo que es preciso que su continuidad beneficie en mayor medida al concejo en el que esta ubicada y que reviertan al menos un 20% de estos en la zona afectada.

En virtud de todo lo anterior, SOLICITAMOS:

1º Recuperar el aprovechamiento y volver a licitarlos, pero con condiciones favorables para el bien común y no las determinadas hace 75 años. Por lo que proponemos que se realice una nueva concesión mediante concurso publico.

2º La inexcusable mejoras ambientales a costa del titular concesional para que continúe la actividad energética reduciendo el impacto de esta actividad en este espacio natural.

3º Que se mantenga el nivel ecológico en los cauces que alimentan los lagos y la Cuenca.

4º Que se reduzca el periodo de concesión a 5 años en caso de acometerse nuevas inversiones, un máximo de 30 años si hay nuevas inversiones significativas.

5º Que se nos informe del curso y resultado de esta solicitud, estimándosenos como parte interesada a efectos del procedimiento administrativo resultante.

En Avilés a 17 de diciembre del 2018

 

Fructuoso Pontigo en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies