Alegaciones planta vapor de Arcelor (09/08/19)

Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente

Servicio de Autorizaciones Ambientales

Expediente: AAI-22/MS1-18

C/Trece Rosas nº 2

33005       Oviedo

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho.

EXPONE:

Con motivo del trámite de consultas de la autorización ambiental integrada del nuevo centro de generación de vapor de la factoría de ArcelorMittal en Avilés publicado en el Bopa del pasado 18 de julio del 2019

Primera. Emplazamiento.

Tal como exige el R.D.L. 1/2008, deberán plantearse varias alternativas viables de diseño del proyecto por parte del promotor, para cada una de las cuales se estudiará el nivel de afección, eligiendo aquella alternativa que resulte menos agresiva con el medio.

No es el supuesto donde se ponen 3 emplazamientos colindantes, sin tener en cuenta el impacto para los colindantes, sino la disposición de conexiones.

Segunda. Impacto en el aire.

Se pretende su instalación en un concejo con una elevada contaminación del aire, que se va agravar con las nuevas instalaciones previstas con la quema de gas del proceso de acería con sus contaminantes.

 Es preciso que se presenten estudio alguno meteorológico y de dispersión de contaminadores primarios generados en la combustión, así mismo es necesario se nos indique como se pueden modificar los valores de la calidad del aire actual en la zona que son conocidos.

Tercera.- Impacto acústico.

 En este tipo de proyectos, y más si cabe en este caso concreto, existe la necesidad de realizar un estudio completo y detallado de acústica ambiental. Y un plan de control acústico en todas las fases del proyecto, con una adecuada planificación de los muestreos, por el impacto que pueda tener a las viviendas de la zona, que ya sufren una elevada contaminación a pesar de que se dice que hoy no hay problemas acústicos en la zona, nada mas lejos de la realidad.

Por todo ello SOLICITAMOS  que tenga por presentado este escrito y por formuladas las alegaciones que contiene que se presentan en tiempo y forma, sean estimadas las mismas y modifique en el sentido argumentado el proyecto sometido a consulta, adecuándose a la obligada motivación prevista en la regulación procedimental que es específica, y teniéndome por parte interesada, nos  den traslado de la resolución que recaiga en el presente procedimiento administrativo.

 

OTRO SÍ DICE: Que es preciso una respuesta razonada a estas alegaciones de acuerdo a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Esta falta de respuesta es motivo de nulidad de la tramitación

 

En Avilés a 9 de agosto de 2018

 

 

 

Fdo. Fructuoso Pontigo en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies