Alegaciones circuito motocross de Llorianes (23/01/17)

Ayuntamiento de Siero

Plaza del Ayuntamiento s/n

33510   Pola de Siero                             

                                             

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, EXPONE:

 

Con motivo del tramite de Aprobación inicial de estudio de implantación y plan especial para implantación de circuito de motocross en Llorianes (Valdesoto). Expte. 242Y100A. publicado en el Bopa del 25 de noviembre del 2016

 

ANTECEDENTES.

 

El área de estudio se ubica en terrenos  de la Cantera de Sabino, tienen una extensión de 28.396,93 m², se vienen utilizando en los últimos años de forma irregular para diferentes pruebas de motocross, teniendo varias denuncias ya como conoce el Ayuntamiento que lo permite, a pesar de los informes perceptivos de la Policia Municipal de incumplimiento continuo de la ordenanza de ruidos.

 

Resulta evidente que es mejor concentrar estas actividades molestas en lugares degradados, pero buscando siempre emplazamiento que generen las menores molestias posibles a los colindantes y el entorno.

 

 

IMPACTO SOBRE EL SUELO.

 

Hay que recordar que las canteras una vez finalizada su actividad deben restaurar la zona explotada de acuerdo al proyecto de explotación, siguiendo los compromisos de restauración.

 

Como reconocen los promotores se producirán vertidos accidentales de lubricantes o hidrocarburos. Para evitar filtraciones de sustancias oleaginosas en la zona por averías de los vehículos, o escapes en las recargas es preciso acondicionar una zona e impermeabilizarla para poder recoger dichos vertidos y llevarlos a un gestor autorizados ya no hay previsto instalación de depuración.

 

Para reducir  la generación de polvo, se debe adaptar el terreno y los accesos, porque anunciar que se va regar resulta claramente insuficiente y complicado sino hay maquinaria o conducciones para ello.

 

Cualquier actividad que se desarrolle en ese suelo, debe ser posibilitando la recuperación paisajística del lugar.

 

IMPACTO A LA ATMÓSFERA.

 

Esta actividad tiene una clara afección sobre la calidad del aire del entorno y más teniendo en cuenta que no tiene medida alguna preventiva y ya tiene varias denuncias por incumplimiento de la ordenanza sobre calidad acústica desde que se esta usando como circuito por parte de los vecinos que se encuentra a 250 metros.

 

Para salvaguardar la salud de los colindantes es preciso un estudio de modelización acústica, para acreditar que los niveles de emisión de ruido derivados del régimen de funcionamiento continuo de la actividad se limitarán de manera tal que los niveles de inmisión en el límite de la zona se ajuste a las previsiones del Decreto 99/85, del Principado de Asturias. En todo caso se cumplirán los valores límite de inmisión aplicables a infraestructuras y actividades, así como los objetivos de calidad acústica para áreas urbanizadas existentes que se señalan en el R.D. 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.

 

 

IMPACTO SOBRE  EL ENTORNO NATURAL.

 

Esta actividad tiene una clara afección sobre el entorno y más teniendo en cuenta que no tiene medida alguna preventiva para reducir el elevado ruido que genera la actividad que va resulta molesta para la fauna, por lo que se debe cerrar el circuito con una malla para evitar la entrada de animales.

 

 

IMPACTOS SOBRE LAS AGUAS.

 

Ni se cita este impacto, a pesar de que precisarían al menos de unas instalaciones de depuración con fosa séptica  para los baños de los pilotos y el público asistente a las pruebas, aseos que ni se citan en el proyecto que resultas imprescindible para garantizar la salubridad del lugar.

 

 

VIGILANCIA AMBIENTAL

 

 Para realizar el seguimiento de los efectos ambientales del Plan Especial  es precios que el Programa de Vigilancia Ambiental contenga al menos:

 

Un sistema que garantice el cumplimiento de las medidas protectoras, compensatorias y/o correctoras, contenidas en el Documento Ambiental Estratégico, cosa que no parece a vista de las propuestas realizadas y el presupuesto que se maneja.

 

Se especificarán, como mínimo, los plazos estipulados para su realización, la frecuencia de controles, el espacio físico a controlar, los métodos a utilizar, el equipo humano implicado, y los equipos de medida a emplear. Que con el presupuesto anunciado resulta imposible realizar seguimiento ni control alguno.

 

Por todo lo anterior,

 

SOLICITA que tenga por presentado este escrito y por formuladas las alegaciones que contiene, que se presentan en tiempo y forma, sean estimadas las mismas y modifique en el sentido argumentado el proyecto sometido a consulta, adecuándose a la obligada motivación prevista en la regulación procedimental que es específica y, teniéndome por parte interesada, nos den traslado de la resolución que recaiga en el presente procedimiento administrativo.

 

 

En Avilés a 9 de  enero de 2016

 

 

 

 

Fdo: Fructuoso Pontigo Concha  de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies